• Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 11 meses

    El Artículo 30 del Código Fiscal de la Federación, en su cuarto párrafo establece:
    «Los documentos con firma electrónica avanzada o sello digital, deberán conservarse de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.»
    Por lo anterior, los documentos que deben conservarse en el domicil…[Leer más]

    • Disculpe Contador , Con relación a lo que establece el articulo 30 del CFF, cuarto párrafo, que los documentos digitales que deberán conservarse de conformidad con la reglas de carácter general que emita el SAT , En que Artículos de la Ley o fundamento puedo encontrar dichas reglas que emite el SAT, para tener un entendimiento mas amplia a que…[Leer más]

      • Las reglas de carácter general que regulan la conservación de documentos digitales están diseminadas en la Resolución Miscelánea Fiscal y no concentradas en un apartado, ya que tratan temas específicos, como la venta de automóviles por parte de particulares, la exención de conservar documentos para contribuyentes del RIF, para los proveed…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 11 meses

    El penúltimo párrafo del artículo 17 la Ley anti lavado (LFPIORPI) establece: «Los actos u operaciones que se realicen por montos inferiores a los señalados en las fracciones anteriores no darán lugar a obligación alguna.
    No obstante, si una persona realiza actos u operaciones por una suma acumulada en un periodo de seis meses que supere los m…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 11 meses

    En el caso planteados no mencionas si la persona ha recibido dividendos en el lapso de ser accionista.
    Me da la impresión que no.
    Si percibió alguna vez, debió presentar declaración anual y manifestar su ingreso por dividendo.
    Con este documento el SAT debió darlo de alta como accionista de oficio.
    Hace mucho tiempo el presentar avisos exte…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 12 meses

    Al haber cumplido con lo establecido en la ficha de trámite 295/CFF a que se refiere la regla que citas, dado que se trata de aclaración y actualización de información y se han cumplido y demostrado su cumplimiento de actas notariadas e inscritas en el Registro Público, el trámite es conclusivo y lo que la empresa recibirá será un acuse de recepci…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    El artículo 15 de la Ley del IVA en su fracción V enuncia los casos exentos de prestación de servicios de transporte público de personas que no tienen derecho al acreditamiento.

    NO es tu caso. https://lefisco.com/federal/fiscal/iva/liva09122019/15/.

    El artículo 18-M es una opción, por lo cual podrás no tomarla y hacer el acreditamiento del IV…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    El artículo 29 de la Ley del Seguro Social regula la jornada reducida en su fracción III https://lefisco.com/federal/laboral/imss/lss07112019/29/ Recomendaría la celebración de un adendum al contrato en el que se acuerda la jornada reducida.

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    El IMSS deja en paz a los patrones cuando pagan cuotas de uno y medio salarios mínimos al menos, sin hacer investigaciones. Salvo lo comentado anteriormente, sus propuesta es válida.

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    Mientras la empresa se apegue a la verdad no debe haber inconveniente alguno con el IMSS, la observación sería que si los trabajadores perciben menos de un salario mínimo y medio. El artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo en su fracción IV establece que es causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador reduci…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    Dentro de las deducciones de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, la ley te remite a la Sección II del Capítulo II del Título II Ver LISR 104 https://lefisco.com/federal/fiscal/isr/lisr09122019/104/ en su primer párrafo, por lo cual es aplicable lo establecido en el artículo 37 tercer párrafo:
    «Cuando el contri…[Leer más]

    • Buena tarde, muchas gracias por sus comentarios y argumentos. Entonces sí se puede hacer válido el tratamiento como si fuera persona moral, reinvirtiendo el 100% de la cantidad indemnizada en un mismo bien (otro automóvil en este caso), no se convierte ese monto otorgado por la pérdida total en ingreso acumulable.

      Contador, gracias por el tie…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    La Ley del Impuesto Sobre la Renta distingue entre personas jurídicas, por esa razón hay rubros para personas morales, no lucrativas, personas físicas, etc. En cambio, la Ley del Impuesto al Valor Agregado regula actos o actividades independientemente de quién sea el que las realice, así que con este antecedente, lo aplicable a personas físi…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    Sin duda es un error del sistema, dado que quienes hayan generado saldo a favor ordinario antes del 31 de diciembre de 2019, siguen teniendo derecho a compensar los saldos que tengan pendientes. En los términos de los artículos 19, 18 y 18-A, en ese orden, mediante escrito libre ejercería el derecho de compensación y en el mismo escrito tra…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    El 30 de enero de 2020 PRODECON publica un criterio sustantivo en los siguientes términos:
    «COMPENSACIÓN DE PAGO DE LO INDEBIDO. A CRITERIO DE PRODECON ES PROCEDENTE CONFORME AL ARTÍCULO 25, FRACCIÓN VI DE LA LIF PARA EJERCICIO FISCAL 2019. El citado precepto legal entró en vigor el 1° de enero de 2019 y dispone que en sustitución de las dispos…[Leer más]

    • Gracias Contador
      Entendido, ya se presento la declaración complementaria de marzo 2020 para determinar el saldo a favor, al intentar presentar la declaración del mes de abril 2020 por concepto de retenciones de ISR honorarios el programa del SAT no permite poner cantidad en el campo de compensación esta bloqueado. Al parecer no permite que in…[Leer más]

      • Sin duda es un error del sistema, dado que quienes hayan generado saldo a favor ordinario antes del 31 de diciembre de 2019, siguen teniendo derecho a compensar los saldos que tengan pendientes. En los términos de los artículos 19, 18 y 18-A, en ese orden, mediante escrito libre ejercería el derecho de compensación y en el mismo escrito tra…[Leer más]

      • Entendido, Gracias Contador, saludos.

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    El artículo 89 de la Ley General de Sociedades Mercantiles obliga a que se pague al menos un 20% del capital suscrito.El artículo establece que cuando quien suscribe una acción no la exhibe, se tendrá por no suscrita. Finalmente, el artículo 97 establece que el capital suscrito deberá ser exhibido en un plazo de un año.
    Por lo anterior, lo no exh…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    Ofrezco una disculpa.
    Creí que ya había contestado esta pregunta.
    Leí el decreto que invitó a los trabajadores de la industria cinematográfica a recibir el apoyo ofrecido por la Academia y NETFLIX, en la que aparecieron en un listado los candidatos.
    Sin duda, tu profesionista fue elegido para el apoyo que otorgaron de $20,000.
    La naturaleza de e…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    Totalmente de acuerdo.

    p.p.m.

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    LISR 28 XV. Si requieres ampliación en el comentario, con gusto lo hacemos.

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años

    En efecto, el transporte público urbano está exento de IVA. LIVA 15 V.
    Los gastos e inversiones generarán IVA que no tienen derecho a acreditar. LIVA 5 I.
    El iva no acreditable será deducido por los contribuyentes exentos 28 XV La disposición no hace ninguna distinción entre IVA proveniente de compras, gastos o inversiones, por lo cual, en caso…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años, 1 mes

    La regla 2.7.1.22. de la resolución miscelánea fiscal para 2020 establece que es el notario público quien emitirá el CFDI por las personas físicas que enajenan bienes inmuebles.

    La operación sería pagada parcialmente en cheque y el remanente mediante compensación, siempre y cuando así se convenga en ambas escrituras que el pago será diferido,…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 6 años, 1 mes

    El artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo establece: «El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, aun cuando esté en trámite objeción de los trabajadores.»
    La LISR, por su parte, el artículo 150 establece la obligación de present…[Leer más]

  • Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años, 1 mes

    El día de ayer viernes 24 de abril se actualizó LEFISCO con la Ley de Amnistía. https://lefisco.com/federal/penal/readaptacion/lamnistia22042020/

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