• PATRICIA GUILLERMINA RODRIGUEZ JASSO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años

    buenas tardes a todo el grupo con una consulta y gracias por su tiempo y apoyo a lo siguiente: persona física con actividad de honorarios le dan un apoyo económico por contingencia covid 19 para trabajadores técnicos y manuales de la industria cinematografiara y audiovisual por tal motivo le indican que expida un CFDI por $ 20,000.00 sin desglosar el IVA la consulta es 1)correcto que se haya expedido este CFDI, 2) se deberá considerar como ingreso acumulable para el pago provisional del mes de mayo 2020 o solo se declara en anual de 2020 en el campo informativo por su ayuda y apoyo gracias.
    EL APOYO LO OTORGA LA ACADEMIA MEXICANA DE ARTES Y CIENCIAS CINEMATOGRÁFICAS Y NEFLIX
    el CFDI SE ELABORA CON ESTAS CLAVES
    en la clave de producto o servicios es 84101603- ayuda no gubernamental, la clave de unidad E 48 Unidad de servicio

    • Ofrezco una disculpa.
      Creí que ya había contestado esta pregunta.
      Leí el decreto que invitó a los trabajadores de la industria cinematográfica a recibir el apoyo ofrecido por la Academia y NETFLIX, en la que aparecieron en un listado los candidatos.
      Sin duda, tu profesionista fue elegido para el apoyo que otorgaron de $20,000.
      La naturaleza de ese apoyo es similar a un donativo. Esto es, no es objeto de IVA, por esa razón se le pidió emitir un CFDI.
      Si analizas el artículo 1 de la Ley del IVA llegarás a la conclusión de que el profesionista no realizó ninguna actividad generadora de IVA.
      Sin duda es ingreso acumulable, según lo señala el capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta y cuando pide al profesionista efectuar pagos provisionales, le pide que tome en cuenta la totalidad de los ingresos «de cualquier naturaleza» percibidos desde el inicio del ejercicio hasta el mes en que se generó el ingreso por el que se hará el pago provisional. Artículos 102 y 106.