• annie ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años

    Buenas tardes contador quisiera saber si es aconsejable reducir el salario a los trabajadores de la empresa donde laboro ya que se le va a reducir la jornada laboral entonces haríamos el cambio a jornada reducida no tendremos ningún problema con el IMSS por ese tema?

    • Mientras la empresa se apegue a la verdad no debe haber inconveniente alguno con el IMSS, la observación sería que si los trabajadores perciben menos de un salario mínimo y medio. El artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo en su fracción IV establece que es causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador reducir el salario. https://lefisco.com/federal/laboral/ley-del-trabajo/lft02072019/51/ en el caso planteado no hay reducción del salario sino de la jornada laboral, por lo cual se respeta el salario.
      Si el gobierno decretara «contingencia sanitaria», como es el deber ser y no emergencia sanitaria por causas de fuerza mayor, entonces la obligación patronal sería pagar al trabajador durante un mes el salario mínimo.
      Asumo que no es el caso de trabajo desde casa lo planteado.

    • El IMSS deja en paz a los patrones cuando pagan cuotas de uno y medio salarios mínimos al menos, sin hacer investigaciones. Salvo lo comentado anteriormente, sus propuesta es válida.

    • El artículo 29 de la Ley del Seguro Social regula la jornada reducida en su fracción III https://lefisco.com/federal/laboral/imss/lss07112019/29/ Recomendaría la celebración de un adendum al contrato en el que se acuerda la jornada reducida.