-
JAIME QUINTANA PACHECO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años
Buenas tardes, volviendo al tema de como tributa el transporte publico urbano, el art. 28-XV de LISR, entiendo que señala: cuando no se acredita el iva por gastos o inversiones se considera parte de los mismos o bien por las importaciones efectuadas ahí también se considera parte del gasto o de la inversión, es únicamente confirmar la interpretación del fundamento legal. gracias.
Totalmente de acuerdo.
p.p.m.