• MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 10 meses

    Contador Buenas tardes , quisiera saber su criterio o punto de vista , o si existe alguna facilidad o Resolución miscelanea al respecto .
    Articulo 28 Fraccion III del CFF , establece que la documentación comprobatoria debe de estar disponible en el domicilio fiscal .
    Actualmente como sabe que ya el SAT tiene identificado la emisión y recibo de todas las facturas electrónicas que tienen todos los contribuyentes , a muchos de mis cliente ya No les pido la documentación para la poder contabilizar, sino las bajo directamente de la pagina del SAT Y les pido los estados de cuenta bancaria para hacer las respectivas conciliaciones. Mi pregunta es , tendría mi cliente que imprimir todas las facturas y tenerlas en su domicilio fiscal , con pólizas de cheque, ingresos y Diario ????
    Sabemos que ya el SAT tiene la información de nuestra contabilidad electrónica.
    De antemano le agradezco su opinión

    • El Artículo 30 del Código Fiscal de la Federación, en su cuarto párrafo establece:
      «Los documentos con firma electrónica avanzada o sello digital, deberán conservarse de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.»
      Por lo anterior, los documentos que deben conservarse en el domicilio fiscal de la empresa, aparte del archivo de documentos electrónicos, los que son emitidos en papel y que corresponden a épocas anteriores a la digitalización de los documentos fiscales. Documentos tales como declaraciones anuales, libros sociales, declaraciones del IMSS, SAR e INFONAVIT desde el inicio de la empresa… Para cálculos la CUCA, el CUFIN, del costo fiscal de acciones, de pensiones al personal, constancias de aportación al SAR e INFONAVIT, etc.

      • Disculpe Contador , Con relación a lo que establece el articulo 30 del CFF, cuarto párrafo, que los documentos digitales que deberán conservarse de conformidad con la reglas de carácter general que emita el SAT , En que Artículos de la Ley o fundamento puedo encontrar dichas reglas que emite el SAT, para tener un entendimiento mas amplia a que refiere.
        Gracias por su atención …..

        • Las reglas de carácter general que regulan la conservación de documentos digitales están diseminadas en la Resolución Miscelánea Fiscal y no concentradas en un apartado, ya que tratan temas específicos, como la venta de automóviles por parte de particulares, la exención de conservar documentos para contribuyentes del RIF, para los proveedores emisores de documentos digitales hay una serie de documentos a conservar como parte de su contabilidad. entre otras, podemos consultar las reglas 2.4.1.7., 2.7.1.11., 2.7.1.24., 2.7.3.6., 2.7.3.9., 2.8.1.8., etcétera.