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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 1 mes
Buenos días Maestro , estos principios de derecho , donde los encuentra en Ley de la manera que los esta mostrando ???
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 1 mes
Serian deducibles los gastos , si hago el cambio de propietario del vehículo a mi nombre ????
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 1 mes
Buenos días Maestro . tengo una duda , me acabo de dar alta ante el Sat por empece un negocio , mi esposa me esta prestando su carro que compro hace 2 años . el carro esta a su Nombre . Ahora que lo estoy usando , voy a comprar un seguro contra accidentes y le voy hacer ciertas reparaciones , estoy pidiendo factura a mi Nombre con mi RFC p…[Leer más]
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En las circunstancias descritas no son deducibles los gastos erogados, a menos que estés casado bajo el régimen de sociedad conyugal sería deducible un 50%. Una opción para legalizar los gastos es celebrar un contrato de comodato ante fe notarial.
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Serian deducibles los gastos , si hago el cambio de propietario del vehículo a mi nombre ????
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Con el cambio de propietario conseguirías no solo la deducibilidad, también la depreciación actualizada.
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 1 mes
Interesante ….. Gracias
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 1 mes
Muchisimas Gracias
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 1 mes
Cuando habla que los 2 regímenes tienes beneficios , estoy de acuerdo que el RESICO si los tiene , pero si la plataformas Optan por pagos provisionales (que es mi caso ), No le veo ningún beneficios al final de cuentas en la declaración anual se aplica el artículo 152 LISR a la utilidad fiscal.
Segundo. si optara en el caso de tributar en el rég…[Leer más]-
Si no te aporta beneficios la plataforma, no debes tener inconveniente alguno en tributar en el régimen general de Ley. Si el administrador de la plataforma te hace retenciones del ISR o del IVA, recuerda que son pagos provisionales del ISR a cuenta del que presentará el contribuyente o del definitivo mensual de IVA.
Podrás disminuirlo de tu IV…[Leer más]
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Muchisimas Gracias
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 1 mes
Buenas noches Contador . Saludando . tengo una duda , tengo un cliente que actualmente maneja un restaurant como RESICO y quiere también quiere vender su comida por medio de plataformas tecnológicas . tendrá que estar en 2 regímenes fiscales ???? la regla 3.13.4 establece que por los ingresos referidos (plataformas) NO pueden tributar com…[Leer más]
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Tal y como lo establece la regla 3.13.4. los regímenes de RESICO y PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS son excluyentes. En materia fiscal, cuando ya tienes un régimen que otorga beneficios no puedes optar por otro que también otorga, así que si ya estás en RESICO, deberás tributar en el régimen general de ley por los ingresos en plataforma tecnoló…[Leer más]
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Cuando habla que los 2 regímenes tienes beneficios , estoy de acuerdo que el RESICO si los tiene , pero si la plataformas Optan por pagos provisionales (que es mi caso ), No le veo ningún beneficios al final de cuentas en la declaración anual se aplica el artículo 152 LISR a la utilidad fiscal.
Segundo. si optara en el caso de tributar en el rég…[Leer más]-
Si no te aporta beneficios la plataforma, no debes tener inconveniente alguno en tributar en el régimen general de Ley. Si el administrador de la plataforma te hace retenciones del ISR o del IVA, recuerda que son pagos provisionales del ISR a cuenta del que presentará el contribuyente o del definitivo mensual de IVA.
Podrás disminuirlo de tu IV…[Leer más]
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Muchisimas Gracias
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 4 meses
Buenas tardes Contador , saludándole y esperando que se encuentre bien, me pudiera a ayudar con la siguiente Duda . tengo un cliente PM No contribuyente del ISR , Asociación civil , (Asociación de condóminos Art 79, Fracción XVIII, LISR) tuvieron un propietario que fue moroso desde hace 4 años , se le metió una demanda civil y se le gano . a la…[Leer más]
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La fracción IX del artíulo 15 de la Ley del IVA reglamenta la obtención de intereses y en su inciso a) establece que no se pagará el IVA que derive de intereses de operaciones en las que el CONDOMINIO no esté obligado al pago del IVA.
La máxima jurídica aplicable es que lo accesorio sigue la suerte de su principal. Si los cuotas de condom…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 8 meses
Buenos dias Contador , la opcion de pagar el Iva por la contraprestacion al Admininstrador que establece el reglamento de Iva es una obligacion o una opcion ??? porque si las cuotas de mantenimiento que se cobran a los propietarios no es un objeto gravado para iva .
Porque pagar iva ??? si no estoy obligado . agradeciendo su opinion al…[Leer más]-
La redacción del artículo 33 del Reglamento de la Ley del IVA es imperativa, no opcional. No obstante que el administrador seaun empleado del régimen de condominio, el régimen cumple dos funciones: hacer pagos por cuenta y orden de los condóminos y la de administrar el inmueble. La primera función la describe como exenta y la segunda la descr…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 9 meses
Muchas Gracias , Maestro , me podría dar fundamento legal donde establece que No estoy obligado a trasladar o pagar Iva ???
le comento que estoy dado e alta como personal moral , asociación civil .-
A veces la autoridad toma decisiones por los contribuyentes, por lo cual te recomiendo que veas el alta de la AC en el RFC, en donde te informarán el régimen fiscal aplicable y confirmes que no eres contriuyente del IVA.
No me aclaras si los integrantes de la AC incluyen personas morales.
El fundamento para no causar IVA es el propio artículo 1 de…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 9 meses
Buenos días Contador , Saludándolo . Tengo una duda . Una asociación de regimen en condominio , constituyo una A.C. para cumplir con las obligaciones fiscales y la administración del mismo , Mi duda es al cobrar La A.C las cuotas a los propietarios de los condominios para cubrir los gastos de areas comunes , se debe agregar el 16 % de Iva por…[Leer más]
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Como es de tu conocimiento, el IVA se causa por la enajenaci[on de bienes, prestacion de servicios, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, además de la importación de bienes y servicios.
El patrimonio del régimen de condominio está formado por cuotas de mantenimiento de los condominos, que tiene comi finalidad realizar gastos en com…[Leer más]
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Muchas Gracias , Maestro , me podría dar fundamento legal donde establece que No estoy obligado a trasladar o pagar Iva ???
le comento que estoy dado e alta como personal moral , asociación civil .-
A veces la autoridad toma decisiones por los contribuyentes, por lo cual te recomiendo que veas el alta de la AC en el RFC, en donde te informarán el régimen fiscal aplicable y confirmes que no eres contriuyente del IVA.
No me aclaras si los integrantes de la AC incluyen personas morales.
El fundamento para no causar IVA es el propio artículo 1 de…[Leer más]
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Transcribo artículo 33 del Reglamento de la Ley del IVA para mayor claridad del régimen fiscal.
«Artículo 33.
Para los efectos del artículo 14 de la Ley, tratándose de las cuotas que aporten los propietarios de inmuebles sujetos al régimen de propiedad en condominio o a cualquier otra modalidad en la que se realicen gastos comunes, que se desti…[Leer más]-
Buenos dias Contador , la opcion de pagar el Iva por la contraprestacion al Admininstrador que establece el reglamento de Iva es una obligacion o una opcion ??? porque si las cuotas de mantenimiento que se cobran a los propietarios no es un objeto gravado para iva .
Porque pagar iva ??? si no estoy obligado . agradeciendo su opinion al…[Leer más]-
La redacción del artículo 33 del Reglamento de la Ley del IVA es imperativa, no opcional. No obstante que el administrador seaun empleado del régimen de condominio, el régimen cumple dos funciones: hacer pagos por cuenta y orden de los condóminos y la de administrar el inmueble. La primera función la describe como exenta y la segunda la descr…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 10 meses
Buenas tardes Contador , tengo un cliente que presta servicios de mantenimiento de computacion a una persona Moral cada mes , La persona Moral pide que haga la retencion del 6 % de Iva en la factura , mi cliente dice le dice que No aplica porque sus empleados No esta a disposicion de ella . comenta la persona moral sino lo hace asi , No le paga…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 11 meses
Buenas tardes Contador , Espero se encuentre bien , tengo una duda , que pasa si le proporciono servicios a una empresa personal Moral y me pide que le haga la retención del 6 % EN EL CFDI , ya le explique que desde el 23 abril 2021, Ya no aplica, porque desaparece la subcontratación (De hecho nunca mis empelados estaban a su disposición) , mi…[Leer más]
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El artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación es la que regula la deducción / acreditamiento de la erogación y el IVA en la misma trasladado al contriuyente.
La reforma en el Código Fiscal iniciaría su vigencia el 1 de agosto de 2021, mismo que fue diferido al 1 de septiembre de 2021. Mi pronóstico es que se volverá a posponer hasta el…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 2 meses
Contador , con relacion a mi pregunta principal , si se aplico contrario sensu , que establece el articulo 148 Fracción VIII de la LISR , donde menciona donde No aplicara gasto No deducible , cuando No tenga derecho acreditamiento al IVA , ¿Pudiera deducir el IVA que me trasladen contra ingresos para el pago de ISR ???, independientemente la c…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 2 meses
Contador Buenas Noches , tengo una pregunta si tributo en el RIF y mis ingresos son solo con el publico en general , puedo deducir el iva acreditable que pago por mis compras contra mis ingresos para el pago de ISR ??
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No es muy sencilla tu pregunta.
Para estar en ese caso, tu cliente deberá generar ingresos hasta por $300,000 y provenir exclusivamente del público en general.
Las facilidades administrativas publicadas por el SAT señalan que NO SE PAGARÁ el IVA causado en los casos hasta $300,000 de ventas con el público en general, que son las mismas pala…[Leer más]
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Transcribo tu comentario enseguida, para ubicar el tema secuencialmente.
«Contador , con relacion a mi pregunta principal , si se aplico contrario sensu , que establece el articulo 148 Fracción VIII de la LISR , donde menciona donde No aplicara gasto No deducible , cuando No tenga derecho acreditamiento al IVA , ¿Pudiera deducir el IVA que me t…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 2 meses
Buenas tardes contador , tengo un cliente que vendió un terreno ejidal en $4,000,000 pesos , mi pregunta es , si lo tiene que informar en su declaración anual como ingresos exento ?? y cual seria el regimen que le aplicaría ?? Agradezco su apoyo y punto de vista
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La Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 93 en su fracción XXVIII establece como exenta la venta de los derechos parcelarios, las parcelas sobre las que se ejerció derecho pleno y los derechos comuneros en los términos de la Ley Agraria. Si tu clienet cumple con los requisitos descritos en dicha cita, estamos ante el caso de venta de ter…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 5 meses
Buenas tardes Contador , soy contador Publico , y estoy dado de alta en el regimen de servicios profesionales actualmente , si opto por agregar el regimen de salarios «asimilables a Salarios ,Articulo 94 Fraccion V de la ley de ISR , especificamente para una sociedad anonima .
Mi pregunta es ?? Voy aplicar en proporcion a mis ingresos por…[Leer más]-
El artículo 100 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en su fracción II establece que «Se consideran Ingresos por la prestación de un servicio profesional, las remuneraciones que deriven de un servicio personal independiente y CUYOS INGRESOS NO ESTÉN CONSIDERADOS EN EL CAPÍTULO I de este Título.»
Ante tal afirmación observamos que hay dos vertie…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 6 meses
Buenas tardes Contador , estoy dado de alta como persona física actividad empresarial y profesional , estoy dando recibos de honorarios a mis clientes , tengo como cliente una persona Moral y quisiera exclusivamente con este cliente optar por lo que establece el Articulo 94 Fracción V de la Ley de ISR , Puedo ??? tengo que aumentar de Regimen f…[Leer más]
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A diferencia de la fracción IV del artículo que refieres, en donde obliga a tributar como asimilable a salario a los profesionistas conactividad preponderante a un prestatario, en la fracción V es muy distinto, por lo cuál es válido lo que tu mencionas.
Se puede optar tan selectivamente como quieras con una o varias personas morales y trib…[Leer más]
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 7 meses
Al contrario , es fructífero compartir puntos de vista .
Muchas gracias
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MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 7 meses
Muchas gracias contador por su aportación. Saludos
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Los principios generales del Derecho sirven de guía para la creación de leyes, por ejemplo, lo que no está prohibido está permitido. Al crear una ley, hay que tener plena conciencia sobre los que no se prohíbe. El que puede lo más puede lo menos, Si tienes derecho a solicitar el 100% de algo, puede solicitar el 35% de ese mismo algo. No neces…[Leer más]