• MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 1 año, 10 meses

    Muchisimas Gracias

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 1 año, 10 meses

    Cuando habla que los 2 regímenes tienes beneficios , estoy de acuerdo que el RESICO si los tiene , pero si la plataformas Optan por pagos provisionales (que es mi caso ), No le veo ningún beneficios al final de cuentas en la declaración anual se aplica el artículo 152 LISR a la utilidad fiscal.
    Segundo. si optara en el caso de tributar en el rég…[Leer más]

    • Si no te aporta beneficios la plataforma, no debes tener inconveniente alguno en tributar en el régimen general de Ley. Si el administrador de la plataforma te hace retenciones del ISR o del IVA, recuerda que son pagos provisionales del ISR a cuenta del que presentará el contribuyente o del definitivo mensual de IVA.

      Podrás disminuirlo de tu IV…[Leer más]

    • Muchisimas Gracias

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 1 año, 10 meses

    Buenas noches Contador . Saludando . tengo una duda , tengo un cliente que actualmente maneja un restaurant como RESICO y quiere también quiere vender su comida por medio de plataformas tecnológicas . tendrá que estar en 2 regímenes fiscales ???? la regla 3.13.4 establece que por los ingresos referidos (plataformas) NO pueden tributar com…[Leer más]

    • Tal y como lo establece la regla 3.13.4. los regímenes de RESICO y PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS son excluyentes. En materia fiscal, cuando ya tienes un régimen que otorga beneficios no puedes optar por otro que también otorga, así que si ya estás en RESICO, deberás tributar en el régimen general de ley por los ingresos en plataforma tecnoló…[Leer más]

      • Cuando habla que los 2 regímenes tienes beneficios , estoy de acuerdo que el RESICO si los tiene , pero si la plataformas Optan por pagos provisionales (que es mi caso ), No le veo ningún beneficios al final de cuentas en la declaración anual se aplica el artículo 152 LISR a la utilidad fiscal.
        Segundo. si optara en el caso de tributar en el rég…[Leer más]

        • Si no te aporta beneficios la plataforma, no debes tener inconveniente alguno en tributar en el régimen general de Ley. Si el administrador de la plataforma te hace retenciones del ISR o del IVA, recuerda que son pagos provisionales del ISR a cuenta del que presentará el contribuyente o del definitivo mensual de IVA.

          Podrás disminuirlo de tu IV…[Leer más]

        • Muchisimas Gracias

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 2 meses

    Buenas tardes Contador , saludándole y esperando que se encuentre bien, me pudiera a ayudar con la siguiente Duda . tengo un cliente PM No contribuyente del ISR , Asociación civil , (Asociación de condóminos Art 79, Fracción XVIII, LISR) tuvieron un propietario que fue moroso desde hace 4 años , se le metió una demanda civil y se le gano . a la…[Leer más]

    • La fracción IX del artíulo 15 de la Ley del IVA reglamenta la obtención de intereses y en su inciso a) establece que no se pagará el IVA que derive de intereses de operaciones en las que el CONDOMINIO no esté obligado al pago del IVA.

      La máxima jurídica aplicable es que lo accesorio sigue la suerte de su principal. Si los cuotas de condom…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 2 años, 5 meses

    Buenos dias Contador , la opcion de pagar el Iva por la contraprestacion al Admininstrador que establece el reglamento de Iva es una obligacion o una opcion ??? porque si las cuotas de mantenimiento que se cobran a los propietarios no es un objeto gravado para iva .
    Porque pagar iva ??? si no estoy obligado . agradeciendo su opinion al…[Leer más]

    • La redacción del artículo 33 del Reglamento de la Ley del IVA es imperativa, no opcional. No obstante que el administrador seaun empleado del régimen de condominio, el régimen cumple dos funciones: hacer pagos por cuenta y orden de los condóminos y la de administrar el inmueble. La primera función la describe como exenta y la segunda la descr…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 2 años, 6 meses

    Muchas Gracias , Maestro , me podría dar fundamento legal donde establece que No estoy obligado a trasladar o pagar Iva ???
    le comento que estoy dado e alta como personal moral , asociación civil .

    • A veces la autoridad toma decisiones por los contribuyentes, por lo cual te recomiendo que veas el alta de la AC en el RFC, en donde te informarán el régimen fiscal aplicable y confirmes que no eres contriuyente del IVA.
      No me aclaras si los integrantes de la AC incluyen personas morales.
      El fundamento para no causar IVA es el propio artículo 1 de…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 6 meses

    Buenos días Contador , Saludándolo . Tengo una duda . Una asociación de regimen en condominio , constituyo una A.C. para cumplir con las obligaciones fiscales y la administración del mismo , Mi duda es al cobrar La A.C las cuotas a los propietarios de los condominios para cubrir los gastos de areas comunes , se debe agregar el 16 % de Iva por…[Leer más]

    • Como es de tu conocimiento, el IVA se causa por la enajenaci[on de bienes, prestacion de servicios, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, además de la importación de bienes y servicios.

      El patrimonio del régimen de condominio está formado por cuotas de mantenimiento de los condominos, que tiene comi finalidad realizar gastos en com…[Leer más]

      • Muchas Gracias , Maestro , me podría dar fundamento legal donde establece que No estoy obligado a trasladar o pagar Iva ???
        le comento que estoy dado e alta como personal moral , asociación civil .

        • A veces la autoridad toma decisiones por los contribuyentes, por lo cual te recomiendo que veas el alta de la AC en el RFC, en donde te informarán el régimen fiscal aplicable y confirmes que no eres contriuyente del IVA.
          No me aclaras si los integrantes de la AC incluyen personas morales.
          El fundamento para no causar IVA es el propio artículo 1 de…[Leer más]

    • Transcribo artículo 33 del Reglamento de la Ley del IVA para mayor claridad del régimen fiscal.

      «Artículo 33.
      Para los efectos del artículo 14 de la Ley, tratándose de las cuotas que aporten los propietarios de inmuebles sujetos al régimen de propiedad en condominio o a cualquier otra modalidad en la que se realicen gastos comunes, que se desti…[Leer más]

      • Buenos dias Contador , la opcion de pagar el Iva por la contraprestacion al Admininstrador que establece el reglamento de Iva es una obligacion o una opcion ??? porque si las cuotas de mantenimiento que se cobran a los propietarios no es un objeto gravado para iva .
        Porque pagar iva ??? si no estoy obligado . agradeciendo su opinion al…[Leer más]

        • La redacción del artículo 33 del Reglamento de la Ley del IVA es imperativa, no opcional. No obstante que el administrador seaun empleado del régimen de condominio, el régimen cumple dos funciones: hacer pagos por cuenta y orden de los condóminos y la de administrar el inmueble. La primera función la describe como exenta y la segunda la descr…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 8 meses

    Buenas tardes Contador , tengo un cliente que presta servicios de mantenimiento de computacion a una persona Moral cada mes , La persona Moral pide que haga la retencion del 6 % de Iva en la factura , mi cliente dice le dice que No aplica porque sus empleados No esta a disposicion de ella . comenta la persona moral sino lo hace asi , No le paga…[Leer más]

    • Dada la prórroga de entrada en vigor de la reforma hasta el 1 de septiembre, lo que le han retenido a tu cliente de IVA al 6% es acreditable.

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 8 meses

    Buenas tardes Contador , Espero se encuentre bien , tengo una duda , que pasa si le proporciono servicios a una empresa personal Moral y me pide que le haga la retención del 6 % EN EL CFDI , ya le explique que desde el 23 abril 2021, Ya no aplica, porque desaparece la subcontratación (De hecho nunca mis empelados estaban a su disposición) , mi…[Leer más]

    • El artículo 15-D del Código Fiscal de la Federación es la que regula la deducción / acreditamiento de la erogación y el IVA en la misma trasladado al contriuyente.

      La reforma en el Código Fiscal iniciaría su vigencia el 1 de agosto de 2021, mismo que fue diferido al 1 de septiembre de 2021. Mi pronóstico es que se volverá a posponer hasta el…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 2 años, 11 meses

    Contador , con relacion a mi pregunta principal , si se aplico contrario sensu , que establece el articulo 148 Fracción VIII de la LISR , donde menciona donde No aplicara gasto No deducible , cuando No tenga derecho acreditamiento al IVA , ¿Pudiera deducir el IVA que me trasladen contra ingresos para el pago de ISR ???, independientemente la c…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 11 meses

    Contador Buenas Noches , tengo una pregunta si tributo en el RIF y mis ingresos son solo con el publico en general , puedo deducir el iva acreditable que pago por mis compras contra mis ingresos para el pago de ISR ??

    • No es muy sencilla tu pregunta.

      Para estar en ese caso, tu cliente deberá generar ingresos hasta por $300,000 y provenir exclusivamente del público en general.

      Las facilidades administrativas publicadas por el SAT señalan que NO SE PAGARÁ el IVA causado en los casos hasta $300,000 de ventas con el público en general, que son las mismas pala…[Leer más]

    • Transcribo tu comentario enseguida, para ubicar el tema secuencialmente.
      «Contador , con relacion a mi pregunta principal , si se aplico contrario sensu , que establece el articulo 148 Fracción VIII de la LISR , donde menciona donde No aplicara gasto No deducible , cuando No tenga derecho acreditamiento al IVA , ¿Pudiera deducir el IVA que me t…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 11 meses

    Buenas tardes contador , tengo un cliente que vendió un terreno ejidal en $4,000,000 pesos , mi pregunta es , si lo tiene que informar en su declaración anual como ingresos exento ?? y cual seria el regimen que le aplicaría ?? Agradezco su apoyo y punto de vista

    • La Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 93 en su fracción XXVIII establece como exenta la venta de los derechos parcelarios, las parcelas sobre las que se ejerció derecho pleno y los derechos comuneros en los términos de la Ley Agraria. Si tu clienet cumple con los requisitos descritos en dicha cita, estamos ante el caso de venta de ter…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 2 meses

    Buenas tardes Contador , soy contador Publico , y estoy dado de alta en el regimen de servicios profesionales actualmente , si opto por agregar el regimen de salarios «asimilables a Salarios ,Articulo 94 Fraccion V de la ley de ISR , especificamente para una sociedad anonima .
    Mi pregunta es ?? Voy aplicar en proporcion a mis ingresos por…[Leer más]

    • El artículo 100 de la Ley del Impuesto sobre la Renta en su fracción II establece que «Se consideran Ingresos por la prestación de un servicio profesional, las remuneraciones que deriven de un servicio personal independiente y CUYOS INGRESOS NO ESTÉN CONSIDERADOS EN EL CAPÍTULO I de este Título.»
      Ante tal afirmación observamos que hay dos vertie…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 3 meses

    Buenas tardes Contador , estoy dado de alta como persona física actividad empresarial y profesional , estoy dando recibos de honorarios a mis clientes , tengo como cliente una persona Moral y quisiera exclusivamente con este cliente optar por lo que establece el Articulo 94 Fracción V de la Ley de ISR , Puedo ??? tengo que aumentar de Regimen f…[Leer más]

    • A diferencia de la fracción IV del artículo que refieres, en donde obliga a tributar como asimilable a salario a los profesionistas conactividad preponderante a un prestatario, en la fracción V es muy distinto, por lo cuál es válido lo que tu mencionas.

      Se puede optar tan selectivamente como quieras con una o varias personas morales y trib…[Leer más]

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 4 meses

    Al contrario , es fructífero compartir puntos de vista .

    Muchas gracias

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 4 meses

    Muchas gracias contador por su aportación. Saludos

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 4 meses

    También me entro la duda , donde comenta que tributaran como PM con fines No lucrativas que tengan otorgada una autorización para recibir donativos ,
    según yo en 2021 , NO aplica para todos o si ???? . agradezco su opinión

    • Eres un genio Mario.
      Tienes razón, únicamente las donatarias autorizadas y no todos los que tributan en título III tendrán que cambiarse al título II o cumplir las estrictas normas para las donatarias a partir de 2021.

    • Al contrario , es fructífero compartir puntos de vista .

      Muchas gracias

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 4 meses

    Gracias por su información

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 4 meses

    Gracias Contador , de hecho la pregunta en concreto era si el Condominio por ser un contribuyente con fines No lucrativos , podían sus propietarios tener ingresos por rentas de sus unidades , sin Afectar al Condominio por considerarse un ente sin fines de Lucro .

    • Es correcto. los condóminos pueden dar en arrendamiento sus propiedades unipersonales y causarán impuestos conforme al régimen que les corresponde, ya sean personas físicas o morales, sin que por ello se afecte la contabilidad o régimen fiscal del condominio.
      La figura de condominio se creó para concentrar en una sola contabilidad gastos de la pr…[Leer más]

    • Muchas gracias contador por su aportación. Saludos

  • MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 4 meses

    Buenos días Contador , espero se encuentre bien . tengo la siguiente duda . Soy el contador de Un condominio que tributa en el titulo III del Isr , Regimen de la PM con fines No Lucrativos , algunos de sus propietarios son extranjeros y rentan sus propiedades o por medio de la Plataforma tecnológicas Airbnb . Siempre se le ha dado CFDI por s…[Leer más]

    • Recuerda que reflejar la verdad en materia fiscal es básico, así que si la verdad anterior era un RFC genérico y ahora hay un RFC específico, lo que más quiere el SAT es tener contribuyentes específicos y no genéricos.
      Debes tomar en cuenta que con la reforma para 2021, sólo tributarán aquellas personas morales con fines no lucrativos que tengan o…[Leer más]

      • Gracias Contador , de hecho la pregunta en concreto era si el Condominio por ser un contribuyente con fines No lucrativos , podían sus propietarios tener ingresos por rentas de sus unidades , sin Afectar al Condominio por considerarse un ente sin fines de Lucro .

        • Es correcto. los condóminos pueden dar en arrendamiento sus propiedades unipersonales y causarán impuestos conforme al régimen que les corresponde, ya sean personas físicas o morales, sin que por ello se afecte la contabilidad o régimen fiscal del condominio.
          La figura de condominio se creó para concentrar en una sola contabilidad gastos de la pr…[Leer más]

        • Muchas gracias contador por su aportación. Saludos

      • También me entro la duda , donde comenta que tributaran como PM con fines No lucrativas que tengan otorgada una autorización para recibir donativos ,
        según yo en 2021 , NO aplica para todos o si ???? . agradezco su opinión

        • Eres un genio Mario.
          Tienes razón, únicamente las donatarias autorizadas y no todos los que tributan en título III tendrán que cambiarse al título II o cumplir las estrictas normas para las donatarias a partir de 2021.

        • Al contrario , es fructífero compartir puntos de vista .

          Muchas gracias

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