• MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 5 meses

    Buenos días Contador , espero se encuentre bien . tengo la siguiente duda . Soy el contador de Un condominio que tributa en el titulo III del Isr , Regimen de la PM con fines No Lucrativos , algunos de sus propietarios son extranjeros y rentan sus propiedades o por medio de la Plataforma tecnológicas Airbnb . Siempre se le ha dado CFDI por sus recibos de sus cuotas de Mantenimiento con el RFC Generico XEXX01010100 , Ahora me piden CFDI con su RFC , porque ya se dieron de alta con la actividad para rentar sus propiedades y quieren deducirlas de sus Ingresos . tendrá algún problema el Condominio si se les emite un CFDI con su RFC ??? Gracias por atención.

    • Recuerda que reflejar la verdad en materia fiscal es básico, así que si la verdad anterior era un RFC genérico y ahora hay un RFC específico, lo que más quiere el SAT es tener contribuyentes específicos y no genéricos.
      Debes tomar en cuenta que con la reforma para 2021, sólo tributarán aquellas personas morales con fines no lucrativos que tengan otorgada una autorización para recibir donativos, por lo cual un régimen de condominio no es una figura jurídica ideal para recibir donativos, por lo cual a partir del 1 de enero de 2021 deberá tributar en título II.

      • Gracias Contador , de hecho la pregunta en concreto era si el Condominio por ser un contribuyente con fines No lucrativos , podían sus propietarios tener ingresos por rentas de sus unidades , sin Afectar al Condominio por considerarse un ente sin fines de Lucro .

        • Es correcto. los condóminos pueden dar en arrendamiento sus propiedades unipersonales y causarán impuestos conforme al régimen que les corresponde, ya sean personas físicas o morales, sin que por ello se afecte la contabilidad o régimen fiscal del condominio.
          La figura de condominio se creó para concentrar en una sola contabilidad gastos de la propiedad comunal, pero individualmente cada condómino tiene derecho a uso o disfrute de su inmueble.

        • Muchas gracias contador por su aportación. Saludos

      • También me entro la duda , donde comenta que tributaran como PM con fines No lucrativas que tengan otorgada una autorización para recibir donativos ,
        según yo en 2021 , NO aplica para todos o si ???? . agradezco su opinión

        • Eres un genio Mario.
          Tienes razón, únicamente las donatarias autorizadas y no todos los que tributan en título III tendrán que cambiarse al título II o cumplir las estrictas normas para las donatarias a partir de 2021.

        • Al contrario , es fructífero compartir puntos de vista .

          Muchas gracias