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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años
Loyda:
La Resolución Miscelánea Fiscal publicada el 11 de diciembre de 2017, en su regla 3.7.1. establece que se deberán emitiendo las liquidaciones como lo venían realizando durante 2016 hasta que el SAT publique en su portal el complemento del CFDI por lo cual es conveniente estar al tanto de las publicaciones de dicho organismo. (ht…[Leer más]
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CP Pedro Pablo Moreno ha comentado en la entrada, La actividad empresarial está exenta del IVA y parece que no lo sabemos hace 8 años
Catalina: El autor tiene razón al señalar que las empresas están exentas de Impuesto al Valor Agregado (IVA)porque sólo reciben de los clientes y lo enteran al fisco, así que, si no tienes comprobante de la oper […]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años
Hola:
La primera parte de tu pregunta justifica la tributación de la persona moral que describes, como del título III de la LISR, por lo cual me concentraré en la segunda parte de la misma.La respuesta a lo consultado la puedes encontrar en el anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal en vigor, que es un documento de 84 hojas, así que lo que n…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años
Osval:
La finalidad de emitir un CFDI es darle valor fiscal al inmueble, pero si la operación fue a título gratuito, el valor a asignar sera de $0.00, por lo cual la existencia o no del CFDI no cambia las circunsstancias de valor de adquisición $0.00
Habrá que ver si existe un parentesco de la persona adquirente con la cedente. Si una casa se…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años
OSVAL:
Faltan datos al planteo de tu pregunta. En general puedo adelantarte mis razonamientos, a reserva de que me des más información.La persona física está obligada a expedir CFDI por la venta de un inmueble, cuando tributa en título IV capítulo II, como bien lo señalas, siempre y cuando el bien se encuentre dentro de los activos de la misma…[Leer más]
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La transmisión fue a titulo gratuito, el notario menciona en la escritura de la venta de la casa habitación la regla 2.7.1.23 (d) (En las que, en el mismo texto del instrumento que contenga la adquisición, se haga constar el convenio y aceptación de las partes de que será el propio enajenante quien expida el CFDI, por el importe total del prec…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años
Complemento mi comentario. No olvides conservar la evidencia del ingreso durante el período fiscal de 5 años a partir de que presentes la declaración en la cual lo asientas.
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años
Hola Roque:
Como has de saber, a partir del artículo 137 se inicia el Capítulo VII del Título IV de las personas físicas en donde se regula el ISR causado por la obtención de premios, pero es de aplicación única y exclusivamente para los obtenidos en México.En el artículo 169, se regula el mismo ingreso pero únicamente para residentes en el Ext…[Leer más]
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CP Pedro Pablo Moreno ha comentado en la entrada, La actividad empresarial está exenta del IVA y parece que no lo sabemos hace 8 años, 1 mes
Brillante razonamiento, clara y sencilla explicación.
p.p.m.
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 1 mes
Hola Emmanuel:
El artículo 23 del Código Fiscal Federal describe el procedimiento para la compensación de saldos a favor y te permite traer a valor presente con INPC los saldos a favor para luego compensar y determinar un remanente que se compensará en pagos provisionales futuros.Es obligado presentar un aviso de compensación dentro de los cinc…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 1 mes
Los pagos por servicios pueden ser hechos por honorarios profesionales o por servicios empresariales, como mencionas la acumulación para pagos provisionales, infiero que es actividad empresarial.
La actividad empresarial puede ser prestada por personas físicas y por personas morales. Las personas físicas acumulan la totalidad de sus ingresos y di…[Leer más] -
Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 2 meses
A continuación se enuncian los estados que aplican la citada retención:
Información publicada por IDC.
Buscaré las legislaciones específicas de Chihuahua, Sonora y Baja California por si hay alguna actualización, ya que no encontré dichos Estados en la investigación publicada.Saludos.
EstadoSujetos obligados a retener y enterar el impuest…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 2 meses
Hay diversos Estados de la República que obligan a la retención del Impuesto sobre Nóminas cuando se recibe un servicio de Outsourcing.
Estado
Sujetos obligados a retener y enterar el impuesto
Aguascalientes
Quienes obtengan de otras personas físicas o morales, en su calidad de intermediarias, domiciliadas dentro o fuera del territorio de est…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 2 meses
Hola Enrique:
Una pregunta. ¿Te refieres al estado de Nuevo León?¡Saludos!
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Hay diversos Estados de la República que obligan a la retención del Impuesto sobre Nóminas cuando se recibe un servicio de Outsourcing.
Estado
Sujetos obligados a retener y enterar el impuesto
Aguascalientes
Quienes obtengan de otras personas físicas o morales, en su calidad de intermediarias, domiciliadas dentro o fuera del territorio de est…[Leer más]
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Disculpe es en los estados Chihuahua, Sonora y Baja California,
Gracias!!!
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 3 meses
Hola Enrique:
Perdón por la demora, estamos empeñados en hacer una mejora substancial a LEFISCO y en breve lanzaremos la versión 5.Las inversiones en acciones de empresas se registran como inversiones financieras a largo plazo. Esto es no representan activos circulante como los serían los valores de realización inmediata.
Más bien deben regis…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 5 meses
Sergio:
No apareció en el Foro tu mensaje de observaciones a mi respuesta sobre este tema, así que los que lean este comentario tal vez no vayan a entender mucho.Lo que entendí de tu comentario, es que la empresa B le pagó su adeudo a la empresa A y que la empresa C le pagó su adeudo a la misma empresa A, con quienes contrajeron el pasivo del…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 6 meses
Eduardo:
El artículo 15 de la Ley del IVA regula el tratamiento exento de los servicios y en su fracción XIII menciona que están exentos los boletos de espectáculos públicos, salvo los del teatro (no es el caso) y circo (no es el caso) o boletos de cine (no es el caso). Esto es, un boleto para espectáculos públicos en la Fundidora Monterrey están…[Leer más] -
Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 6 meses
Está complicado tu caso pero muy interesante.
Si la empresa A le debe a la empresa B $100.00; la empresa C le debe a A $10.00 y la empresa D le debe a A $10.00 es la situación original.
Luego la empresa A le paga en especie $80.00 a la empresa B y queda un remanente de $20.00. Ver Código Civil 2063 pago mediante cesión en pago. Ello cumple tod…[Leer más]-
Contador Pedro buen día,
si es claro y es muy entendible lo que explica, solo que leyendo su respuesta me causa cierta duda me dice que en si la deuda va a quedar entre las empresas C con B y D con B, sin embargo esta deuda no se va a pagar, ya que B pago ala empresa A por esa deuda el hecho de pagar seria duplicar el pago, mi planteamiento en…[Leer más]
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Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 8 años, 6 meses
con motivo de la entrada en vigor de la reforma fiscal para 2018, entrará en vigor una nueva tarifa de la Ley del Impuesto sobre la Renta aplicable a personas físicas, por lo cual una estrategia podrá ser partir en dos el aguinaldo, pagar 15 días durante el mes de diciembre y durante el mes de enero el remanente del aguinaldo, en los casos en que…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 6 meses
La Ley del Impuesto al Valor Agregado en su artículo 5o.-B permite a los contribuyentes que tienen operaciones mixtas entre tasas gravadas al 16%, 0% y exentas, utilicen el factor de acreditamiento promedio de lo realizado en el año anterior.
Esto es muy recomendable cuando el contribuyente que realiza actividades exentas está adquiriendo mu…[Leer más] -
Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 8 años, 7 meses
Hola:
Perdón por la demora.
La Ley anti lavado, de nombre larguísimo no contempla que los prestadores de servicios de personal u outsourcing, no están señalados en el artículo 17 de la Ley de la materia como obligados a presentar aviso por las actividades que realizan. Si acudes a dicho artículo, encontrarás actividades de casinos, joyerí…[Leer más] - Cargar más
