• Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses

    OK Muchas gracias por su respuesta!! Muy agradecida!

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses

    Ok gracias….entonces en base al artículo 27 IX que menciona y al no tener empleados solo habría que efectuar pagos a los socios en forma mensual(que en base al quinto párrafo del Art..96 se aplicaría retención del 35%) o por asistencia(en éste caso entiendo en base al Art.96 quinto párrafo que existe relación de trabajo con el retenedor y se ap…[Leer más]

    • Con el primer pago es suficiente. Son condiciones contractuales, ya sea de la escritura constitutiva, acuerdo de asamblea o contrato individual de trabajo. Lo que se pacta se cumple. Lo importante es no hacer una simulación fiscal.

    • OK Muchas gracias por su respuesta!! Muy agradecida!

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 3 meses

    Buen día Contador pedro Pablo, es factible en una empresa comercializadora de S.A. de C.V. que es administrada por los socios, o sea, no tiene empleados, todo lo hace directamente una administradora a quién se le paga por honorarios y claro cumple con los requisitos de CFDI para Compras y las Ventas. Se puede contratar un Seguro de hombre-clave p…[Leer más]

    • En la Ley del Impuesto sobre la Renta se hace dos veces referencia a la figura de miembros del consejo de administración y su retribución. Las referencias son el artículo 27 IX y en el 96 en donde aparece la tarifa de retención mensual.
      El trabajo de los socios no tiene que ser gratuito, pueden llevarle gastos deducibles a la empresa y cumplir tan…[Leer más]

      • El error en que incurren los contadores es que consideran que tanto los socios como la persona moral son una misma figura jurídica, lo cual es falso. La persona moral, a través de las aportaciones de sus socios, genera su personalidad jurídica, pero los socios son personas físicas con personalidad jurídica independiente de la persona moral que crearon.

      • Ok gracias….entonces en base al artículo 27 IX que menciona y al no tener empleados solo habría que efectuar pagos a los socios en forma mensual(que en base al quinto párrafo del Art..96 se aplicaría retención del 35%) o por asistencia(en éste caso entiendo en base al Art.96 quinto párrafo que existe relación de trabajo con el retenedor y se ap…[Leer más]

        • Con el primer pago es suficiente. Son condiciones contractuales, ya sea de la escritura constitutiva, acuerdo de asamblea o contrato individual de trabajo. Lo que se pacta se cumple. Lo importante es no hacer una simulación fiscal.

        • OK Muchas gracias por su respuesta!! Muy agradecida!

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses

    Gracias!
    Muy feliz y bendecido Nuevo Año!!

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses

    Gracias por la información Contador.

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 12 meses

    Que amable! Muchas gracias!! Cuídese y que esté muy bien, bendiciones!

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 12 meses

    Buen día Contador Pedro Pablo! agradeciendo de antemano su amable atención a las cuestiones que le hacemos le envío un afectuoso saludo!….mi duda es la siguiente: una P.M. está negociando la venta de una casa habitación, que a eso se dedica y la tiene como inventario ya que el año pasado no pudo realizar nada de ventas, pero el pago se lo harán…[Leer más]

    • La regla 2.7.1.22. de la resolución miscelánea fiscal para 2020 establece que es el notario público quien emitirá el CFDI por las personas físicas que enajenan bienes inmuebles.

      La operación sería pagada parcialmente en cheque y el remanente mediante compensación, siempre y cuando así se convenga en ambas escrituras que el pago será diferido,…[Leer más]

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 1 mes

    Buen día Contador Pedro Pablo!
    Por favor me urge su opinión a los siguiente: El día 13 de Febrero’20 se presentó en forma presencial un aviso de cambio de domicilio de una P.Moral con fecha 01 de Febrero’20. Pero el día de ayer llegó una persona del SAT con una Orden de verficiación Clase: Acta de Verificación de domicilio. El detalle es que dej…[Leer más]

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 6 meses

    Disculpe la insistencia, al impartir clases no podría considerarse que esté prestando un servicio profesional docente de medicina?…En el Art.5 de la Ley de Profesiones del Estado entre las demás señalan a: CIRUJANO DENTISTA Y MEDICO CIRUJANO PARTERO, no se podría considerar en lo que señala el Articulo 15 fracción XIV de la Ley del IVA para i…[Leer más]

    • La fracción XIV del artículo 15 señala que CUANDO su prestación requiera de título profesional está exento. Para impartir una clase no se requiere de título profesional de medicina aunque la materia sea especialidad médica.

      Si las clases que imparte son clínicas y se tienen pacientes que se atienden ante la audiencia de educandos, entonces…[Leer más]

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 6 meses

    Buen día Contador pedro Pablo, tengo la siguiente duda: en cuestión del IVA si un médico ó dentista aparte de sus servicios profesionales de medicina presta un Servicio de honorarios relacionados a su profesión en determinadas horas para dar clases a alumnos en una Universidad privada en el ramo médico y así lo está plasmando en sus CFDI……[Leer más]

    • Deberás consultar la Ley de Profesiones del Estado en que se presta el servicio. En Nuevo León, dicha Ley señala como obligación de tener título profesional para ejercer la docencia en su artículo 5:
      – MAESTRO EN EDUCACION MEDIA y sus divisiones en IDIOMAS, MATEMATICAS, LENGUA Y LITERATURA, FISICA Y QUIMICA, BIOLOGIA, CIENCIAS SOCIALES, EDUCA…[Leer más]

      • Disculpe la insistencia, al impartir clases no podría considerarse que esté prestando un servicio profesional docente de medicina?…En el Art.5 de la Ley de Profesiones del Estado entre las demás señalan a: CIRUJANO DENTISTA Y MEDICO CIRUJANO PARTERO, no se podría considerar en lo que señala el Articulo 15 fracción XIV de la Ley del IVA para i…[Leer más]

        • La fracción XIV del artículo 15 señala que CUANDO su prestación requiera de título profesional está exento. Para impartir una clase no se requiere de título profesional de medicina aunque la materia sea especialidad médica.

          Si las clases que imparte son clínicas y se tienen pacientes que se atienden ante la audiencia de educandos, entonces…[Leer más]

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 11 meses

    ok Gracias.

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 11 meses

    Buen día Contador, espero haya pasado el día del Contador muy bien y muy Feliz!!….. En cuanto a la deducción por depreciación y recargos yo tengo la duda como se registraría en el nuevo formato para la presentación de declaraciones: Mi Contabilidad ya que no hay un CFDI al momento igual con los recargos, bueno perdón la depreciación sí viene un r…[Leer más]

    • La depreciación es de registro anual, salvo la consideración que hicimos en la consulta anterior, para pagos provisionales de personas físicas con actividades empresariales.
      Como bien mencionas, la depreciación no requiere CFDI para su registro, ya que el mismo existió cuando quien suministró el bien emitió el correspondiente y sólo es un diferim…[Leer más]

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 4 años, 11 meses

    Buenas tardes Contador, gracias por su respuesta. Consultando lo que me recomendó: El Art. 154, entre otras cosas y en relación a mi duda, menciona: cuando se pagan honorarios a Administradores ó miembros del consejo (socios), directivos de vigilancia… según yo no aplica éste párrafo. Después menciona pagos de honorarios ..siempre que no se pag…[Leer más]

    • El punto de aplicación que yo encuentro del artículo 154 es que la autoridad fiscal tiene en su poder el acta constitutiva y en la misma se mencionan los nombres de los socios y a ellos se hacho remuneración .
      Lo situación descrita se puede suprimir si crea una Sociedad Civil que sea quien preste los servicios de compra venta y administración de l…[Leer más]

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 11 meses

    Buenas tardes Contador Pedro Pablo._ un contribuyente P. Moral recibió del estado DE N.L. una multa por infracción en el Cod. Fiscal del Edo. señalando: » que de conformidad con información en las bases de datos institucionales se tiene conocimiento que realizó pagos en efectivo, en bienes ó en especie por concepto de remuneraciones al traba…[Leer más]

    • Estoy de acuerdo contigo. En la medida en que un contribuyente deje de ejercer sus derechos, la autoridad se tomará atribuciones que no le corresponden.

      No obstante lo anterior, te recomiendo consultar el artículo 154 de la Ley Hacendaria del Estado de Nuevo León en vigor, misma que considera que: «Son también objeto de este impuesto los pag…[Leer más]

      • Buenas tardes Contador, gracias por su respuesta. Consultando lo que me recomendó: El Art. 154, entre otras cosas y en relación a mi duda, menciona: cuando se pagan honorarios a Administradores ó miembros del consejo (socios), directivos de vigilancia… según yo no aplica éste párrafo. Después menciona pagos de honorarios ..siempre que no se pag…[Leer más]

        • El punto de aplicación que yo encuentro del artículo 154 es que la autoridad fiscal tiene en su poder el acta constitutiva y en la misma se mencionan los nombres de los socios y a ellos se hacho remuneración .
          Lo situación descrita se puede suprimir si crea una Sociedad Civil que sea quien preste los servicios de compra venta y administración de l…[Leer más]

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años

    Así es! Muchas gracias por su respuesta Contador.

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años

    Hola…Estoy confundida, un CFDI recibido con la forma de pago equivocada…con transferencia electrónica debiendo ser Con Cheque… se debe solicitar la cancelación y nueva emisión del CFDI? Gracias.

    • Como podrá observar, la tendencia del SAT es tener cada vez más control sobre las operaciones realizadas por los contribuyentes, por lo cual, lo mejor que podemos hacer es anticiparnos a cumplir correctamente nuestras obligaciones fiscales..

      La mejor forma de ser eficientes en nuestro trabajo es solicitar que aquél que no está realizado cor…[Leer más]

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años

    Muchas gracias por atender a mi cuestión y es muy claro en su respuesta.
    Si me permite le comento que me tocó con un contribuyente persona física iniciar un trámite de devolución que cuando vió el requerimiento por parte de la autoridad de los requisitos y de toda la documentación que solicitaban(entre todo las escrituras de la propiedad) mejor…[Leer más]

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años

    Hola Contador Pedro Pablo, sin una Persona Moral dedicada a Mantenimiento y Venta de B. Inmuebles, pero que apenas el año pasado efectuó venta de 2 bienes inmuebles, el IVA que trae a favor se ´manejo siempre con la opción de Acreditamiento, ahora en el ejercicio 2018 le resulta un ISR desde pago provisional muy alto… si se quiere compensar el…[Leer más]

    • La Ley de Ingresos para 2019 presentó como reforma fiscal, la prohibición de compensación de saldos a favor contra saldos a cargo de otros impuestos, por lo cual, dicha norma no puede aplicarse retroactivamente y únicamente los saldos a favor generados en enero de 2019 y meses posteriores, estarán sujetos a dicha norma, siempre y cuando no se haya…[Leer más]

      • Los requisitos de una compensación son similares a los de una devolución, por lo cual te recomiendo consular las fichas de trámite aplicables. En esta misma obra de consulta las encontrarás en Leyes federales, fiscal, documentos de apoyo. ACU…[Leer más]

        • Muchas gracias por atender a mi cuestión y es muy claro en su respuesta.
          Si me permite le comento que me tocó con un contribuyente persona física iniciar un trámite de devolución que cuando vió el requerimiento por parte de la autoridad de los requisitos y de toda la documentación que solicitaban(entre todo las escrituras de la propiedad) mejor…[Leer más]

  • Laura A. ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 2 meses

    Muchas gracias por su respuesta! Buen fin de semana!

  • Laura A. ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 2 meses

    Buen día Contador._ Si una empresa que se dedica a comercializar productos gravados al 16% a clientes menudeo y mayoreo pero desea iniciar la venta de chocolates y dulces(chicles específicamente) verificando información para efectos del IVA Art.2-A el chocolate grava a Tasa 0% y el chicle 16% y para efectos del IEPS Art.2-I-j _ el chocolate gr…[Leer más]

    • El decreto del 26 de diciembre de 2013 continúa vigente. No ha habido publicación alguna que lo abrogue.

      Si no causas el IEPS anteriormente, es obligado presentar el aviso de aumento de obligaciones fiscales.

      el IEPS se deberá desglosar al cliente que lo solicite y en esa forma de facturará, por otro lado, deberás solicitar a tu proveedor que…[Leer más]

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