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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses
Mayra:
Me parece bien su razonamiento, excepto que la jurisprudencia que encuentro sobre asimilar los alimentos a anticipo de utilidades es de LIMA, PERÚ. ¿Me podrá compartir por este medio la jurisprudencia en México?
Disculpe mi limitada capacidad, pero prefiero no mentir.
Gracias -
Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses
El artículo 113-G de la LISR establece las obligaciones que deben cumplir los contribuyentes personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza y, a diferencia de otros artículos que describe a la contabilidad como una obligación, no lo hace, por lo cual podemos concluir que para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Rent…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses
Perdón, le aplasté a la tecla equivocada, habría que validar los criterios seguidos en la contabilidad, dado que si sigue los criterios fiscales, sólo obtendrá pérdidas por un buen tiempo, pero si registra los gastos preoperativos como activo diferido y ya realizó las primeras ventas, es muy probable que se reflejen utilidades en la empres…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses
La Ley General de Sociedades Mercantiles en su artículo 113 establece dos párrafos relativos a la operación que describes. Antes que ello, la S.A. invirtió en acciones y a sus rendimientos se les debe dar el tratamiento igual a aquellos que proceden de acciones, esto es, dividendos.
«No podrán asignarse dividendos a las acciones ordinarias sin…[Leer más]-
Perdón, le aplasté a la tecla equivocada, habría que validar los criterios seguidos en la contabilidad, dado que si sigue los criterios fiscales, sólo obtendrá pérdidas por un buen tiempo, pero si registra los gastos preoperativos como activo diferido y ya realizó las primeras ventas, es muy probable que se reflejen utilidades en la empres…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses
El artículo 23 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación en su último párrafo establece el plazo de un mes para presentar avisos ante el RFC
«En los demás supuestos, la solicitud de inscripción se presentará dentro del mes siguiente al día en que:I. Se actualice el supuesto jurídico o el hecho que dé lugar a la presentación de declarac…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 3 meses
En el régimen de incorporación fiscal, el límite es de $5,000. para los de RESICO no existen deducciones autorizadas, por lo que deberás cumplir con todos los comprobantes para efectos de acreditamiento de IVA.
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 4 meses
Lo deseable en este caso sería tener dos domicilios y, con ello, generar dos registros de afiliación al IMSS uno de ellos con la clase V y registrar ese único trabajador y los demás en el domicilio anterior continuar con la clase II.
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Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 4 meses
Inicio y terminación de la opinión de cumplimiento de las obligaciones fiscales NEGATIVA.
El artículo 32-D con dedicatoria especial para los proveedores de bienes o servicios a las instituciones del poder público federal o que distribuyen recursos federales, deberán pedir la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales
Las primeras dos fracc…[Leer más] -
Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 4 meses
Así es, el plazo es menor, ya que deberá hacerse el entero dentro de los quince días siguientes a la obtención del ingreso. Ver 132 LISR primer párrafo. «Artículo 132. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, cubrirán, como pago provisional a cuenta del impuesto anual, el monto que resulte de aplicar la tasa del…[Leer más]
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Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 4 meses
Te tengo dos buenas noticias, sobre el RESICO personas físicas.
Actualice video que ya está publicado en cursos en línea
Actualicé Blog un artículo en donde abarqué el 100% de las circunstancias y escenarios.
Agradeceré tus comentarios -
Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 5 meses
Excelente noticia:
La Resolución Miscelánea Fiscal 2023 ya se encuentra publicada en LEFISCO. En el curso de un mes tendremos la mayor parte de los ordenamientos enriquecidos con su correlación y vínculo a esta importante y útil publicación. -
Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
Habrá que recordar que si en 2023 no excede de $3,500,000, podrá regresar al régimen en 2’024. Ver texto en LISR 113-E 7mo. párrafo.
«Cuando los contribuyentes dejen de tributar conforme a esta Sección, por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma. Tratándose de aquellos…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
El artículo 5 del Código Fiscal Federal establece el criterio a seguir en estos casos.
«Artículo 5o.- Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, SON DE APLICACIÓN ESTRICTA. Se considera que establecen cargas a los parti…[Leer más]-
Habrá que recordar que si en 2023 no excede de $3,500,000, podrá regresar al régimen en 2’024. Ver texto en LISR 113-E 7mo. párrafo.
«Cuando los contribuyentes dejen de tributar conforme a esta Sección, por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma. Tratándose de aquellos…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
Habrá que validar si ambas personas morales son partes relacionadas, en cuyo caso deberá formularse un estudio de precios de transferencia, mismo que arrojará la validez de la tasa pactada. El monto que describes es bajo. Dos indicadores pueden ser la tasa de recargos fijada por la Ley de Ingresos y la tasa que pagan las tarjetas de cr…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
Corrijo. La Ley del Seguro Social, en su artículo 101 establece los plazos de incapacidad previa y posterior al parto y continúa en 42 DÍAS en uno y otro caso. NO HAY CAMBIO. La última reforma a esta ley fue el 16 de noviembre de 2022
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Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 5 meses
Ofrezco una disculpa. Estuve saturado de actividades personales y familiares. Estaré más al tanto de sus consultas para contestar en un lapso de 24 horas, como es mi costumbre.
Mis mejores deseos en la recién pasada navidad y que el próximo año esté lleno de vida, salud y prosperidad. Dios los bendice abundantemente.
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
Pagará el ISR mensualmente sobre los ingresos totales obtenidos y aplicará la tabla de acuerdo al volumen de ingresos, contenida en el artículo 113-E de la LISR. Al terminar el año presentará declaración anual y pagará el ISR aplicando la tabla contenida en el artículo 113-F de la misma ley.
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
Es actividad empresarial. Puede ser inscrita en el RESICO, es lo más conveniente, (Régimen Simplificado de Confianza de las personas físicas)
Se encuentra exenta de IVA. Ver LIVA 15 fracción V
«V. El transporte público terrestre de personas que se preste exclusivamente en áreas urbanas, suburbanas o en zonas metropolitanas. No se considera trans…[Leer más] -
Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
Para que pudiera suceder lo que propones, la hermana deberá repudiar parcialmente la herencia en la medida en que desee compartir con sus hermanos, de tal manera que el notario o juez civil deberán reasignar le propiedad con los coherederos en partes iguales.
Una vez modificado lo anterior, encajarían en la herencia exenta.
Es correcto que la…[Leer más]
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Pedro Pablo ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 3 años, 5 meses
El régimen de exención de IVA es por su actividad profesional de médico. Al realizar una comibinación de actividades gravadas y exentas, podrá acreditar proporcionalmente el IVA pagado a la agencia.
La fracción V del artículo 5 de la Ley del IVA regula el acreditamiento proporcional en los siguientes términos:
«V. Cuando se esté obligado al pago…[Leer más] - Cargar más

Gracias Contador por la atención, pasa que mi duda inicial era sobre ¿a qué se referían por «alimentos» para efectos del 49 de la LGSM? lo cual me llevó al 308 Código Civil Federal, donde los «alimentos» tienen que venir de una relación de parentesco, porque en caso de ser «alimentos» el 93 de la LISR establece que son exentos, pero no lo son (T…[Leer más]
MAYRA:
La Sociedad en Nombre Colectivo fue una figura utilizada por los prestadores de servicios de outsourcing y actualmente cayó en desuso, muy posiblemente cuando se acotó en el Código Civil la definición de alimentos, que anteriormente era tan amplio que todo era alimento, vestuario, habitación, estudio, salud….
Recomendaría que desca…[Leer más]