De acuerdo al artículo 76-A en el cual se basa esta nueva obligación de presentación de 3 declaraciones informativas de precios de transferencia por el ejercicio 2016 para presentarse a más tardar el 31 de diciembre de 2017. Las obligadas son las que menciona el artículo 32-H en sus fracciones de la I a la IV:

I. Quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta iguales o superiores a un monto equivalente a $708,898,920.00, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en este artículo.

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II. Las sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades en los términos del Capítulo VI, Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta. (integradoras)

III. Las entidades paraestatales de la administración pública federal.

IV. Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.

Las declaraciones informativas que tendrían que presentarse si se estuviera en alguno de estos supuestos son:

I. Declaración informativa maestra de partes relacionadas del grupo empresarial multinacional,

II. Declaración informativa local de partes relacionadas

III. Declaración informativa país por país del grupo empresarial multinacional.

Referencias:

C.P.C. Alma Rosa Zárate Amézquita

Impuestos / Tax Services

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Fax (868) 813 05 64

Matamoros, Tamaulipas.

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