Publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 y sus anexos 1 y 1-A

El día 20 de agosto de 2019 fue publicada en el DOF la “Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 y sus anexos 1 y 1-A”, donde se prevén las modificaciones contenidas en los tres anteproyectos publicados por el SAT desde el 28 de junio hasta el 15 de agosto.

Dentro de la última versión anticipada publicada por el SAT se observan cambios importantes, entre ellos la utilización del aplicativo “Mi contabilidad”, como principal; la eliminación de subcontrataciones para contratistas y contratantes, entre otros.

Cambios en las reglas para el aplicativo “Mi contabilidad”

Dentro del aplicativo “Mi contabilidad”, una de las reglas que se modificó fue la 2.8.1.22, la cual contenía la opción de clasificar los CFDI, donde se expresa: “los contribuyentes referidos tendrán la opción de presentar sus pagos provisionales sin clasificar sus CFDI de ingresos y gastos”. 

También, en concordancia con lo señalado en la regla 2.8.1.24; de la modificación a la RMF 2019, al no existir la clasificación de los CFDI de ingresos y egresos, la facilidad continúa para personas físicas que utilicen el aplicativo señalado.

Es decir, podrán continuar sin enviar la Contabilidad Electrónica y la información de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), siempre y cuando emitan y reciban todos los CFDI de ingresos y gastos.

1 mes gratis de Leyes Correlacionadas Online

Además, dentro de la misma regla señala que las facilidades del no envío de la DIOT y la Contabilidad Electrónica, solamente aplica a personas físicas que utilicen “Mi Contabilidad”, y, que no hayan rebasado un ingreso de 4 millones de pesos totales en el ejercicio anterior.

Por último, en lo que respecta al uso del aplicativo “Mi contabilidad” en la modificación a la RMF 2019, se dieron importantes cambios en estas reglas:

  • 2.8.1.22: Presentación de declaraciones provisionales del ISR y definitivas del IVA de las personas físicas a través del aplicativo “Mi Contabilidad”.
  • 2.8.1.24. Facilidades para los contribuyentes que presentan declaraciones a través del aplicativo “Mi contabilidad”.
  • 2.8.1.25. Facilidad para personas físicas que clasifiquen sus CFDI de ingresos y gastos a través del aplicativo “Mi contabilidad” (DEROGADO).
  • 2.8.1.26. Presentación de pagos provisionales y definitivos de personas físicas que obtengan ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles a través del aplicativo “Mi contabilidad”.

Eliminación de reglas del aplicativo de subcontratación laboral

Además de el cambio en el aplicativo del portal del SAT, se encuentra también que en la RMF 2019 publicada en el mes de abril, las reglas 3.3.1.44; 3.3.1.45; 3.3.1.46; 3.3.1.47; y 3.3.1.48; en relación al tema de cumplimiento de obligaciones, procedimientos y aclaraciones en cuanto a la Subcontratación Laboral, han quedado derogadas con esta nueva versión.

Dejando de esta forma sin efecto las reglas que obligaban a los contribuyentes que tuvieran actividades de subcontratación de personal al envío de información a través del aplicativo del SAT.

Anteproyectos y sus fechas de publicación

Las modificaciones publicadas por el SAT están fechadas de la siguiente manera: 

  1. Primer anteproyecto (28 de junio), 
  2. Segundo anteproyecto (24 de julio); y 
  3. Tercer anteproyecto (15 de agosto).

Por último, cabe señalar que la entrada en vigor de esta Resolución es el 21 de agosto de 2019.


Fuente: Diario Oficial de la Federación https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5568414&fecha=20%2F08%2F2019&fbclid=IwAR2_99J0hndSUaog11A-Ea05yBSOnpWUZNPh7tvW3KzcCaBwjAt-Pp569pY

Un comentario

  1. GRACIAS PORQUE A PARTIR DE ESTA YA ESTOY RECIBIENDO SU SERVICIO.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.