• JoseJuan ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 5 años, 10 meses

    Buenos dias.
    Gracias por la respuesta.
    Saludos.

  • JoseJuan ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 10 meses

    Buenas tardes contador, un contribuyente PM cuya actividad es el transporte de pasajeros en la zona metropolitana, y su actividad es exenta de iva, el iva acreditable por los gastos como diesel, refacciones o mantenimientos, se puede solicitar devolucion o se manda directos al gasto.

    saludos.

    • El artículo 5 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, establece los requisitos para que una IVA que ha sido trasladado al contribuyente sea acreditable, requerirá estar obligado a la tasa general del 16% o a la del 0%, por lo cual, el IVA pagado a proveedores de bienes servicios o activos fijos, se deberá registrar como gasto o como activo fi…[Leer más]

    • Buenos dias.
      Gracias por la respuesta.
      Saludos.

  • JoseJuan ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años, 6 meses

    Buenas tardes, Contador en referencia a la retención del 6% de iva, aplica la retención para servicios fumigacion, o solo es para servicios de personal.
    Saludos y gracias por su atención.

    • La interpretación del artículo 1-A Fracción IV de la Ley del IVA está causando mucha polémica y mi interpretación coincide con la publicada el día del hoy en el periódico El Norte en Monterrey y muy probablemente Reforma en el centro del país.
      El texto no hace distingo, por más que algunos interpreten que el personal debe ser puesto a disposici…[Leer más]

    • Me compartieron una consulta al SAT en la cual comenta personal del SAT que la disposición es aplicable sólo al outsourcing. La polémica continuará.

  • JoseJuan ha actualizado una entrada en el grupo General hace 7 años, 7 meses

    BUENAS TARDES.
    CONTADOR DE ACUERDO CON EL CRITERIO 25/IVA/N PUEDO COMPENSARME IVA A FAVOR DE OCTUBRE EN EL PAGO PROVISIONAL DEL MES DE SEPTIEMBRE.
    SALUDOS.

    • Así es, colega. el criterio 25 de la Ley del IVA te recuerda que debes hacer la compensación incluyendo actualización y recargos cuando el pago corresponda a meses anteriores. Este criterio no podrá utilizarse durante 20019, dada la propuesta de reforma de la Ley de Ingresos para 2019 tan ampliamente comentada este inicio de semana.

  • JoseJuan ha publicado un nuevo comentario de actividad hace 7 años, 9 meses

    GRACIAS CONTADOR.

  • JoseJuan ha actualizado una entrada en el grupo General hace 7 años, 9 meses

    BUENOS DIAS.
    TENGO UNA DUDA EN CUANTO AL COMPLEMENTO DE PAGO, DE ACUERDO A LA REGLA 2.7.1.35 El CFDI con “Complemento para recepción de pagos” deberá emitirse a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos. YO GENERE EL CFDI EN SEPTIEMBRE CON METEDO DE PAGO PPD Y EL CLIENTE ME PAGO EL…[Leer más]

    • Hola José Juan:

      Recuerda que cuando el concepto facturado es un servicio, cada pago que perciba el prestador se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad. CFF 29-A VIII a) último párrafo, por lo cual no se emitirá complemento de pago.

      Alguno de nuestros usuarios podrá confirmar o rectificar mi conclusión.

      En el tercer…[Leer más]