Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del INFONAVIT

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fecha a 23 de julio de 2019, mediante el Diario Oficial de la Federación, dio a conocer un conjunto de Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley del Infonavit, el H. Consejo de Administración expide las siguientes reglas con el objeto de establecer los términos y requisitos conforme a los cuales se otorgarán los créditos referidos en la fracción II del artículo 42 de la Ley, enumerados a continuación:

  1. La adquisición en propiedad de habitaciones, financiadas o no por el Infonavit;
  2. La construcción de vivienda;
  3. La reparación, ampliación o mejoras de habitaciones, y
  4. El pago de pasivos adquiridos por cualquiera de los conceptos anteriores.
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Determina que la vivienda que se pretenda adquirir, construir, reparar, ampliar, mejorar, o por lo que se pretenda cubrir pasivos adquiridos por cualquiera de estos conceptos, deberá ser cómoda e higiénica, además, estar ubicada en una zona con infraestructura urbana.

La vivienda deberá tener uso habitacional. Asimismo, debe tener una vida útil probable de 30 años, a partir del otorgamiento del crédito y ser garantía del mismo.

Al formalizarse los créditos, deberá hipotecar en primer lugar a favor del Instituto o bien garantía fiduciaria a favor del mismo, a excepción de cuando se trate de créditos sin afectación estructural a la vivienda sea mayor al monto del crédito.

Dicho Instituto asignará los primeros créditos a que tienen derecho los trabajadores derechohabientes conforme al sistema de puntuación, que tiene por objeto seleccionar a los trabajadores que serán susceptibles de ser acreditados.

El H. Consejo de Administración del Instituto determinará la puntuación mínima exigible para acceder a un crédito, después que la Asamblea General haya aprobado los planes de labores y financiamientos.

Una vez que las dichas disposiciones entren en vigor, se abrogarán las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del INFONAVIT, que fueron aprobadas y publicadas en el DOF el 5 de abril de 2017 y el 27 de noviembre de 2018, así como las disposiciones opuestas a las presentes Reglas. 


Fuente: Diario Oficial de la Federación: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5566299&fecha=23/07/2019

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