• Natar ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años, 8 meses

    Contador Pedro Pablo, buen día, una pregunta, ¿una persona física en el régimen de honorarios, con ingresos mensuales aproximados de $20,000.00 le es conveniente fiscalmente un arrendamiento financiero o leasing para la adquisición de un vehículo de uso utilitario? Gracias por su atención.

    • El artículo 58 del Código Fiscal de la Federación estima que los profesionistas deben generar una utilidad fiscal del 50% cuando se determina la estimativa de utilidad fiscal.
      Dado que el automóvil que comprará el profesionista es utilitario, será deducible el 100%, debes considerar el nivel de deducciones que se alcanzará.
      Por otro lado, la depreciación fiscal ascenderá a un tope de $43,750 o menos, si el precio es menor a $175,000.
      El arrendamiento financiero es más una opción de financiamiento, se causarán intereses deducibles y el automóvil deberá considerarse como activo fijo, con los mismos efectos de adquisición directa.
      Por otro lado, el arrendamiento puro permite una deducción anual de $73,000.Esto es, un 67% más que la depreciación fiscal directa. LISR 28 XIII.
      Con toda esta información, el enfoque deberá ser fiscal financiero para escoger la opción más conveniente.