• C.P. JUAN JOSE LIRA ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 1 mes

    Buenas noches contador Pablo una duda referente a la presentación de la declaración anual de un medico que recibió su fondo de retiro de dos instituciones IMSS (19años de servicio con pensión) e ISSSTE (10 años sin pensión) le elaboraron sus constancias de retención, lo debo registrar?
    Si debo hacerlo, seria en apartado INGRESOS/Seguro de retiro?…[Leer más]

    • JUAN JOSÉ:
      Es correcta tu interpretación de considerar como definitivo el ISR retenido por la entrega de fondos de retiro de ambas instituciones, siempre y cuando hayan sido los únicos ingresos en el año.

      Si obtuvieron ingresos por asalariado, tendrán que presentar declaración anual.

      Si tuvieron ingresos por honorarios, arrendamiento de casa…[Leer más]

  • C.P. JUAN JOSE LIRA ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 3 meses

    buenas tardes contador la pregunta es la siguiente, es persona fisica con actividad empresarial adquiere un equipo para su actividad por arrendamiento da un anticipo y el resto a mensualidades se puede hacer deducible conforme se van haciendo los pagos o me sujeto al articulo 105 de lir

    • El régimen de persona física con actividad empresarial es un régimen de flujo de efectivo en cuanto a ingresos y deducciones, EXCEPTO en la depreciación de activos fijos que los remite al tratamiento de personas morales. Ver también LISR 104.

      Sin duda, es aplicable la depreciación fiscal actualizad que le corresponda.

  • C.P. JUAN JOSE LIRA ha actualizado una entrada en el grupo General hace 5 años, 6 meses

    buen día contador la pregunta es la siguiente si el articulo 501 de l a L F T nos dice sobre la muerte violenta y el 502 sobre el monto de indemnización . mi trabajador esta asegurado aplica el imss para este caso? esto deriva de una revisión de la secretaria de trabajo y p s agradeceré su comentario

    • La misma Ley Federal del Trabajo considera la desaparición forzada o la muerte como riesgo de trabajo, por lo cual resulta aplicable la indemnización a través del IMSS. Ver LFT 477.
      Debes tomar en cuenta que para que opere la responsabilidad del IMSS, el trabajador no debió darse de baja ante el IMSS, ni haber dado por terminada la relación labo…[Leer más]

  • C.P. JUAN JOSE LIRA ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años, 1 mes

    ‘buenos dias soy rif recibi donativo de bien inmueble , me obligo a presentar declaracion informativa o bien la informacion enviada por el notario a el sat es por si suficiente ? GRACIAS

    • La orden de ley del ISR es clara en el artículo 90 segundo párrafo:
      «Las personas físicas residentes en México están obligadas a informar, en la declaración del ejercicio, sobre los préstamos, los donativos y los premios, obtenidos en el mismo, siempre que éstos, en lo individual o en su conjunto, excedan de $600,000.00.»
      Por lo anterior, es obli…[Leer más]

  • C.P. JUAN JOSE LIRA ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años, 1 mes

    hola buenas tardes el contribuyente se cae acidentalmente es jubilado lo llevan a clinica particular. el familiar hace pago en efectivo como deposito de atencion luego de atenciones hace pagos con tarjeta para efectos de deduccion al final no le alcansa para seguir pagando con tarjeta y paga en efectivo el resto . y la pregunta es como se va…[Leer más]

    • El artículo 151 de la LISR, en su penúltimo párrafo establece textualmente: «Los requisitos de las deducciones establecidas en el Capítulo X de este Título no son aplicables a las deducciones personales a que se refiere este artículo.» Por lo anterior, la factura emitida por la institución de la salud será deducible en su declaración anual. S…[Leer más]