• cpgordillo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 8 meses

    Buenas Noches Contador. Un contribuyente PF cuya actividad es diseño y elaboración de dados, troqueles y herramientas para la industria maquiladora, cuenta con un promedio fijo de 80 trabajadores, la nomina se paga semanal, por cada trabajador se expide el CFDI o XML. Cada semana se determina el calculo de la nomina, pero el pago se hace desfasado, es decir los sueldos determinados en la semana del 24 al 30/08/2020, los días de pago son los jueves, por lo que hoy 03/09/2020 se hace el deposito a la cuenta de cada trabajador. Para efectos del soporte contable, se utiliza el Reporte de la nomina o Lista de Nominal, aplicando las prestaciones y retenciones, de lo que he observado surgen las siguientes interrogantes:
    -La deducción de la erogación para efectos del ISR debe hacer en el Periodo que se pagan, ¿es correcto?
    -Las cuotas de Seguridad Social, Retenciones de ISR, Vivienda, Fonacot, se declaran en el mes que se pagan, ¿es correcto?
    -El Soporte contable de la nomina, ¿puede hacerse con una factura global o debe aplicarse uno por uno de los CFDI Expedidos?
    Reitero mi atención y gracias por su valiosa aportación en cada caso que el foro le presenta.
    Gracias

    • En general, el régimen de las personas físicas para determinar el Impuesto sobre la Renta se rige sobre la base de flujo de efectivo. Esto es, se considera ingreso lo cobrado y deducción lo pagado en el momento en que uno u otro ocurre.
      Por lo anterior, la deducción de la erogación por nóminas, para efectos del ISR será el día que se pagan. LISR 105 I.
      Las cuotas de seguridad social, retenciones del ISR, vivienda y FONACOT, se declaran en el mes que se pagan. LISR 103 III, VI.
      El registro del pasivo, para la deducción de la nómina, debe realizarse con los datos concentradores que arroje el sistema electrónica. La dispersión es un requisito que determina el momento de la deducción de la misma.
      Es deseable separar los criterios contables de los fiscales para presentar información veraz al empresario y que le permita tomar decisiones adecuada y oportunamente.

      • y al ser periodo semanal y en periodo o semana de cierre de mes, tener cuidado en los efectos que tiene la fecha de pago respecto del procedimiento de ajuste del subsidio causado mensual de acuerdo a la guía de llenado del complemento de nóminas publicada el 14 de octubre 2019