• MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 9 meses

    Buenos Días Contador . saludándolo y solicitando su asesoría .
    Los contribuyentes del Capitulo II , sección III. Ingresos atravez de plataformas . donde puedo encontrar o saber sus obligaciones fiscales ?? requisitos para sus deducciones por ejemplo ?? serán las mismas que el RIF ??.
    Gracias por compartir …

    • Como recordarás esta reforma fue para quitar de la economía informal a trabajadores del volante que prestaban sus servicios en la economía informal, llámese UBER, DIDI, etc., lo mismo para quienes dan en arrendamiento sus casas o habitaciones a través de Airbnb, ayuda en compra de despensa Corner shop y las que surgan en lo futuro.
      En el artículo 111 fr VI excluye del RIF a todos estos contribuyentes, con ello, los envía a tributar en el régimen general de Ley de personas físicas con actividad empresarial, arrendamiento de inmuebles y el que sea aplicable para futuras actividades. Las obligaciones son las que la ley marque para cada una de ellas en su capítulo correspondiente.

      • Muchas Gracias …Mi duda queda si opto por la No retención definitiva que establece la primera resolución de modificación a la Resolución miscelanea para 2020 , 12.3.12 , y opto por pagos provisionales a cuenta , CUALES son las deducciones o Obligaciones que tengo o voy a aplicar, SI NO HAY Articulo en Ley que me lo mencione . cual seria su criterio , estimado Contador ????

        • El artículo 113-B te ofrece una opción mas no un régimen. el régimen de ley está definido en personas físicas con actividad empresarial o arrendamientos. De allí aplicarás lo procedente para acreditar las retenciones de pagos provisionales del ISR.