• Fredy ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 3 meses

    Buena Tarde C.P. Pedro Pablo.
    Consulta:
    Una empresa tributa en el Regimen de Flujo de Efectivo, En el ejercicio 2019, compra una camioneta e incluyen el seguro por 5 años. Se dió un enganche de la camioneta y el resto junto con el seguro fue por medio de financiamiento.
    1.-¿Es deducible el total del Seguro en el ejercicio 2019?
    2.-¿El IVA de la Camioneta y del Seguro por 5 años es Acreditable en el mes que se adquirió ?

    • Entiendo que tributa en el Régimen de Flujo de Efectivo como persona física y como sociedad cooperativa.
      La compra que describes es una compra de contado.
      Una parte del precio de la camioneta se pago con el enganche. El resto lo pagó de inmediato un tercero quien fue el que otorgó el financiamiento, de tal manera que la empresa no tiene adeudo alguno con la agencia ni con la compañía de seguros, sino con el otorgante del crédito.
      Consultar de aplicación supletoria el artículo 2065 del Código Civil Federal, pago por cuenta y orden de un tercero que reafirma lo antes comentado.
      Por lo anterior, al tributar sobre flujo de efectivo, el seguro será deducible durante 2019, ya que no habrá pagos posteriores. El IVA de la camioneta y del seguro es acreditable en el mes en el que se adquirió, pues ese mismo mes se hizo el pago.

    • De Acuerdo, Muchas Gracias C.P. Pedro Pablo. Saludos!