• C.P. FRANCISCO HIGAREDA ZAMORA ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años, 6 meses

    Buenas tardes Contador PEDRO PABLO, mi consulta trata de los siguiente: Tengo un Cliente que es Persona Moral, desea asegurar ante el IMSS a un colaborador que percibe ya una Pensión de dicho instituto; es posible llevar a cabo este registro ante el imss y cuales son las implicaciones que pudieran obtenerse por dicho movimientos. Saludos y quedo a la espera de sus comentarios.

    • ¿Me podrías informar qué tipo de pensión percibe? A reserva de confirmarlo, entiendo que pierde su pensión si es por jubilación.

      • Buenas tardes Contador Pedro Pablo, es un dato que ya solicite y me lo están confirmando con el trabajador para saber exactamente que tipo de pensión recibe, en cuanto me lo den a conocer le estaré escribiendo a fin de resolver este asunto.

        Saludos cordiales.

    • El artículo 114 de la Ley del Seguro Social establece que una pensión por invalidez se pierde si el trabajador labora en un puesto igual al que tenía al declararse esta.
      El artículo 173 del mismo ordenamiento ordena la suspensión de la pensión garantizada cuando el trabajador reingresa a un trabajo sujeto al régimen obligatorio del IMSS