• minely42 ha actualizado una entrada en el grupo General hace 1 año, 8 meses

    Buena noche contador, de nuevo yo, con una duda, tributo en resico y recibo ingreso por renta, pero el mes de octubre el inquilino se atrasó, va a pagar el 4 de noviembre la renta del mes de octubre , mi duda es, debo emitirle en octubre la factura o se la debo emitir en noviembre con el concepto de renta de octubre? Le agradezco de antemano su apoyo.

    • El artículo 113-E contesta su pregunta planteada.
      «Los contribuyentes determinarán los pagos mensuales considerando el total de los ingresos que perciban por las actividades a que se refiere el primer párrafo de este artículo y estén amparados por los comprobantes fiscales digitales por Internet efectivamente cobrados, sin incluir el impuesto al valor agregado, y sin aplicar deducción alguna, considerando la siguiente tabla:»

      En resumen, el RESICO es sobre base flujo de efectivo, por lo cual cada CFDI emitido debe ser PUE, esto es, emitido y cobrado en la misma fecha.