• jesus tadeo garcia ha actualizado una entrada en el grupo General hace 1 año, 9 meses

    Buenas tardes, me podrían apoyar con una dudas referentes a la Declaración de ISR de Persona Física – RESICO por la venta de un activo (camioneta cerrada), ¿Que debo considerar como ingreso, la venta del carro o la utilidad causada? o se consideran ambas?

    • Recuerda que el RESICO entró en vigor en 2022.
      Habrá que ver en qué fecha se compró el vehículo.
      Si se compró antes de esa fecha, deberá tributar en el capítulo de enajenación de bienes gravándose la utilidad de la operación.
      Si se compró ya tributando en RESICO, deberá aplicarse las tablas mensual y anual que le correspondan acorde a sus ingresos y sobre el importe total de la venta.