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jesus tadeo garcia ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años
Buen día Contador Pedro Pablo, Un gusto saludarlo; Tengo una duda del como tomar en cuenta un complemento de pago en dólares, contexto la factura se emite en (PPD y 99) con un tipo de cambio a $17 pero el día que me la pagan el tipo de cambio es de $18, ¿Qué tipo de cambio debo utilizar para emitir mi complemento de pago?

En materia fiscal la clave es reflejar la verdad. Si el complemento de pago se emite para constatar que ya se recibió el pago, el monto reflejado en el mismo debe ser la realidad. La diferencia entre el tipo de cambio facturado y el tipo de cambio cobrado se deberá registrar como producto financiero ganancia por fluctuación cambiaria. Si la operación fue tasa cero de IVA no hay problema. Si la operación causó IVA, el mismo se causa en el momento en el que se recibe el pago, así que en la fecha de pago se determinará el IVA efectivamente trasladado y cobrado.
Muchas gracias por la información Contador, me podría apoyar con una ultima consulta, ¿En qué apartados y donde viene en materia fiscal la aplicación de los tipos de cambio en los complementos de pago?
Como tu sabes, el complemente de pago lo establece el CFF 29-A. Lo relativo al tipo de cambio lo regula el mismo ordenamiento en el artículo 20.