• minely42 ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 meses, 3 semanas

    Hola contador buen día!!! una persona con actividad empresarial emitió facturas en diciembre a sus clientes, pero su proveedor le facturó el 3 de enero la mercancía vendida en diciembre. Puede deducir de IVA esa mercancía en diciembre ??el pagó en diciembre

    • La Ley del IVA está diseñada para causarse y permitir el acreditamiento sobre operaciones efectivamente cobradas y/o pagadas. Así que, en estricto apego, es correcto lo que propones.
      No obstante, la evidencia que recibe el SAT es solo los SFDI emitiros por el contribuyente y por sus proveedores, así que va a requerir un pago no realizado.
      Por lo anterior, hay dos recomendaciones.
      — Presente una aclaración por Buzón Fiscal al SAT en la fecha de presentación de la declaración.
      —- Apóyese con la oficina de PRODECON tanto para confirmar este criterio como para recibir apoyo de gestoría o jurídica, en caso necesario.

      Lo relevante es reflejar la verdad en el cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales. En caso de que la autoridad fiscal no tenga todos los elementos para aceptar excepciones, hay que hacérselo saber. Para permitirle u obligarlo a evolucionar en su automatización de gestiones.