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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 7 meses
Buenas tardes Contador , tengo 2 dudas , una PF sin actividad empresarial compro un automóvil y la factura se la emitieron con RFC Genérico. Un año después se dio de alta en el régimen con actividad empresarial y profesional para realizar la actividad de servicios de paquetería.
1-Pregunta ?? puede deducir los gastos de mantenimiento , gasolina , reparación del vehículo y lo que se necesite gastar para su uso .
2.- si lo llegara a Vender , tendría que pagar el impuesto conforme el Capitulo II del titulo IV o seria conforme el Capitulo IV del mismo Titulo ???
Gracias Por su aportación …
Técnicamente, al no tener un RFC la factura de compra, los gastos incurridos en él no son deducibles ni el IVA acreditable.
Intentaría dos cosas: Hablar con la agencia para ver la posibilidad de que se reemita la factura, o bien, incurrir en un pequeño costo de compraventa de vehículo en opciones tipo Kavak, para regularizar la tenencia y uso de vehículo.
Otra opción sería revisar si en el ejercicio anterior sus ingresos no excedieron de $3,5 mdps y, si no tiene impedimento, cambiarlo a RESICO.
Contador , y si el automóvil se vendiera . que tratamiento fiscal aplicaría la determinación de impuestos , capitulo II o capitulo IV como PF ?? si el adquiriente me exige factura
Como no ha tenido régimen fiscal con depreciación, se aplicaría el capítulo IV de enajenación de bienes.