• cpgordillo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 7 años, 1 mes

    Contador buenas noches.
    Podrías orientarme por favor?. Los contribuyentes de Actividad Empresarial «Renta de Equipo de Transporte Privado y de Carga» ¿queda comprendido en los conceptos de «autobuses, Transporte de Carga, Tracto-camiones, Montacargas y Remolques? y la Depreciación Fiscal es el 25% del monto de Inversión?, ¿Es posible aplicar la Depreciación Acelerada?.

    • El 18 de enero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que permitió la deducción inmediata durante los ejercicios de 2017 y 2018.

      En el decreto citado no se contempla la deducción de equipo de transporte automotor.

      Lo que la propia Ley del Impuesto sobre la Renta señala en su artículo 36 es que no es aplicable la limitación de la deducción a $175,000.