• cpgordillo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 1 mes

    Buenas tardes contador. Espero se encuentre bien. Tengo una consulta en relación a partes relacionadas para efectos fiscales. Una PM que importa productos del extranjero, tiene su domicilio fiscal en el mismo local de su Comisario en Matamoros, Tam. no existe un contrato de arrendamiento o de comodato. La administración de las operaciones las ejecutan en EU. La venta de los productos importados es en la CDMX. El comisario a su ves tiene ingresos por actividades empresariales por servicios profesionales. Pregunta: ¿La PM y la PF son partes relacionadas? ¿Cuál sería el fundamento?.
    Gracias por su valiosa experiencia.

    • El artículo 179 en su quinto párrafo encontramos la definición de partes relacionadas: «Se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe directa o indirectamente en la administración, control o capital de dichas personas. »

      Por su parte, el artículo 90 en su últio párrafo agrega a la definición de partes relacionadas el concepto de vinculación en los términos de la legislación aduanera, en los siguientes términos «Se considera que dos o más personas son partes relacionadas, cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración, control o capital de la otra, o cuando una persona o grupo de personas participe, directa o indirectamente, en la administración, control o en el capital de dichas personas, o cuando exista vinculación entre ellas de acuerdo con la legislación aduanera.»

      Finalmente, el artículo 68 de la Ley Aduanera define vinculación de la manera siguiente:
      «Se considera que existe vinculación entre personas para los efectos de esta Ley, en los siguientes casos:

      I. Si una de ellas ocupa cargos de dirección o responsabilidad en una empresa de la otra.

      II. Si están legalmente reconocidas como asociadas en negocios.

      III. Si tienen una relación de patrón y trabajador.

      IV. Si una persona tiene directa o indirectamente la propiedad, el control o la posesión del 5% o más de las acciones, partes sociales, aportaciones o títulos en circulación y con derecho a voto en ambas.

      V. Si una de ellas controla directa o indirectamente a la otra.

      VI. Si ambas personas están controladas directa o indirectamente por una tercera persona.

      VII. Si juntas controlan directa o indirectamente a una tercera persona.

      VIll. Si son de la misma familia.»

      Te encargo analizar las fracciones primera y última de este artículo para descartar si existe o no vinculación.

      A mi parecer, el puesto de comisario es un puesto de responsabilidad en la empresa, si bien no es de dirección y dificilmente podemos juzgar a un comisario como empresa, Así que el análisis lo concentraría en el parentesco entre accionistas y persona física.