• Roberto Garcia ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 1 mes

    Buenas tardes contador, espero se encuentre bien. Tengo la siguiente situación con un cliente de lo que quisiera pudiera darme su sugerencia. El contribuyente es la esposa como persona física, sin embargo, el negocio lo ha creado y lo dirige el esposo. Están en proceso de divorcio. Derivado de que todos los activos y pasivos del negocio están a nombre de la esposa, ahora se busca pasar los activos y pasivos a nombre del esposo (por común acuerdo) de modo que el esposo ahora lo daríamos de alta como PF con AE.

    Nosotros consideramos que previo a que el divorció quede en firme, se realice una donación por los activos; para el caso de los pasivos (deuda bancaria) habria que evaluar la cesión de obligaciones con el banco y reestructurar los contratos.

    Los activos hoy en día están completamente depreciados, ¿es posible darles valor mediante la donación para que vuevlan a ser depreciados?.

    Le agradecería mucho si pudiera darme sus sugerencias e indicar que aspectos sería necesario estudiar.

    Gracias.

    • Tu recomendación es acertada.

      La donación de bienes entre cónyuges, deja fuera del patrimonio inclusive conyugal, lo que se ha otorgado en donación para ser propiedad exclusiva del donatario.

      No existe en la legislación una figura que permita darle valor a los activos depreciados recibidos en donación, más bien deberán registrarse a valor de $1.00 cada uno de ellos para tener el inventario registrado y valuado de conformidad con el 31 de la LISR..

      En los artículos 2051 a 2057 del Código Civil Federal encuentras la regulación de la cesión de deuda. El acreedor del deudor original deberá ser informado y dar su consentimiento.