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MARIO HERNANDEZ LEPE ha actualizado una entrada en el grupo General hace 7 años, 4 meses
Buenas Tardes , Tengo una duda como contribuyente del RIF , Puedo deducir deducciones personales a que refiere el Articulo 151 de LISR ?? yo se que estoy obligado a presentar anual , pero se podría en las declaraciones bimestrales ?? Gracias por su atención

Si no estás obligado a presentar declaración anual, por ende, no estás obligado a calcular el ISR anual.
El mismo artículo que señalas, establece que para hacer el cálculo del impuesto anual…
Por lo anterior, es improcedente aplicarlo en las declaraciones bimestrales como tampoco lo aplican en sus pagos provisionales los profesionistas, los empresarios del régimen general de ley, los arrendadores…