• JAIME QUINTANA PACHECO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 4 meses

    Buenos dias contador, en el Acta Constitutiva de una persona moral, ademas del Apoderado, esta el nombramiento del Gerente de la sociedad, con facultades para actos de administración y dominio, entre otras ocurrir ante toda clase de autoridades administrativas,
    mismas facultades que se le otorgan al Gerente suplente, la pregunta es: ¿ en caso de no poder asistir el apoderado de la sociedad al SAT, para la renovación de la firma electrónica, lo podrían hacer el Gerente o en su defecto el Gerente suplente? en virtud de lo complicado que es obtener una cita para tales efectos, se busca tener la certeza de quién de estos miembros de la sociedad pudiera llevar a cabo el trámite ya que en ocasiones por sus actividades no se tiene su disponibilidad. De antemano y como siempre gracias por su orientación.

    • Hay que distinguir entre representante legal de la persona moral, que sólo es uno, el Presidente del Consejo de Administración o el Administrador Único.

      Todos los demás que tengan otorgado un poder, son apoderados jurídicos, ya sea generales o especiales, acorde al algance del poder otorgado.

      Por los poderes que describes, cualquiera de los dos apoderados jurídicos puede gestionar la firma electrónica de la persona moral.

      Cuestionaría la delegación del poder de dominio tanto al Gerente como al Gerente suplente, son poderes que debe retener el Representante Legal.