• JAIME QUINTANA PACHECO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 4 meses

    Buenas tardes contador, en el caso de una persona física arrendadora recibe de manera anticipada en diciembre 2020, las rentas de todo el año 2021, tiene que declarar todo el ingreso en enero del 2021 o cada mes lo correspondiente?

    • El artículo 90 señala de manera genérica el momento en que debe ser considerado ingreso por los diversos tipos que obtenga en el ejercicio. Y lo primero que menciona son los ingresos en efectivo, de tal manera que aún y cuando en el capítulo específico no se señale, el Título IV inicia como una especie de disposiciones generales aplicables a todos los capítulos.
      Por lo anterior, deberá considerar como acumulable la totalidad en diciembre de 2020. Contablemente podrá considerar como considere conveniente el registro de los ingresos para obtener resultados periódicos que reflejen la realidad, en cuanto a contraponer ingresos con egresos.