• PATRICIA GUILLERMINA RODRIGUEZ JASSO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 1 mes

    buenas tardes Contador por su ayuda en esta duda gracias.
    en abril del 2020 el contribuyente PF actividad empresarial le paga a sus empleados el 100% de salarios en el mes de abril 2020 sin presentarse a laborar 1) se debe hacer la nomina normal con la clave de salario y retenciones de imss y pago de subsidio para el empleo? 2) o se deberá indicar otra clave sin hacer deducciones? 3) se deberán timbrar las dos quincenas con su fecha de pago 15 de abril y 30 de abril 2020? por su ayuda gracias.

    • El acuerdo publicado por el gobierno federal denomina a la pendemia como emergencia sanitaria y no como contingencia sanitaria que regula la Ley Federal del Trabajo. Por lo anterior, se debe hacer nómina normal como describes en el punto 1. Si se deberán timbrar las dos quincenas con sus fechas de pago 15 y 30 de abril.
      De haber decretado el gobierno «contingencia», la obligación del patrón sería cubrir un salario mínimo por un período no mayor a 30 días.