• PATRICIA GUILLERMINA RODRIGUEZ JASSO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 1 mes

    buenas tardes Contador de antemano gracias por su ayuda a esta consulta, persona moral SC le hace transferencias a uno de los socios en el año de 2019 no considerándolos como anticipos de utilidad al 31 de marzo de 2020 parcialmente entrego gastos por cuenta del SC quedando un monto considerable por aclarar 1) a estas alturas se le pudiera considerar como anticipos de utilidad y pagar el impuesto correspondiere 2) si es factible esta opción la deducción de estos anticipos se podrían hacer deducibles en el año 2019? gracias por su apoyo y tiempo.

    • Habrá que ver la fecha de esos comprobantes y aplicarlos en cada mes en que recibió anticipos, determinar la diferencia, considerarla como ingreso asimilable a salarios, calcular el ISR mensual, calcular y pagar actualización y recargos y considerarlos como deducibles durante 2019, dado que los ingresos de las personas físicas están regidas por el flujo de efectivo. Se consideran ingresos cuando los perciben y se consideran deducciones cuando los pagan.