• C.P. FELIPE MANUEL JIMENEZ MORALES ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 3 meses

    Buenas Tardes Contador Pedro Pablo tengo esta consulta una persona que se dedica a la actividad de desarrollador y/o analista de sistemas que esta tributando en el regimen salarios y/o asimilados podra hacer su cambio al Regimen de Incorporacion Fiscal gracias por su atencion

    • El artículo 5 de la Ley General de Profesiones establece que la actividad de sistemas computacionales está contemplada en carreras profesionales con diferente modalidad.
      Te comparto lo que recién contesté:
      El artículo 16 del CFF define la actividad empresarial y lo más cercano a lo que describes es la actividad comercial.
      Por su parte, la LIVA en su artículo 14 define la prestación de servicios personales independientes en los siguientes términos: Se entenderá que la prestación de servicios independientes tiene la característica de personal, cuando se trate de las actividades señaladas en este artículo que no tengan la naturaleza de actividad empresarial.
      La actividad que describes es un servicio personal independiente, por lo cual opino que no es procedente una factura del RIF.