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Pedro_fiscal_05 ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 años, 8 meses
Buenas tardes contador Pedro Pablo, me ayuda con una recomendación?
pasa lo siguiente: un familiar tramitó su firma electrónica porque está en proceso de titulación como abogada, entonces declaró que la finalidad del trámite es para litigar y no para trámites ante las dependencias de gobierno o simplemente por ser su voluntad obtenerla como lo señala la ley de la FIEL, entonces le agregaron como obligaciones «bufetes jurídicos», posteriormente le notifican por buzón que debe presentar declaraciones de ISR E IVA que tiene pendientes, que puedo hacer, presentar las declaraciones en «ceros» y luego el aviso de disminución de obligaciones o que procede, gracias se lo voy a agradecer mucho.

Es extraño que siendo estudiante tenga acumuladas obligaciones incumplidas. Por favor, pídele que pregunte con sus padres si la dieron de alta en alguna empresa familiar, o bien si ella emitió alguna vez recibos de honorarios.
La autoridad tiene razón al seleccionar la actividad bufete jurídico por su formación profesional, pero eso no impide que realice actividad profesional o empresarial alguna. En todo caso, cuando ello suceda, gestionar una modificación de la actividad preponderante.
De no haber antecedentes, tu recomendación es acertada. Sugeriría más un aviso de suspensión de actividades para cuando genere ingresos sólo presentar el aviso de reanudación de actividades, ya que las obligaciones elegidas por la autoridad son las aplicables a sus estudios profesionales.
Ok, esque revisando el portal en su opinión de cumplimiento le aparece como.inconsistencias el no haber presentado las declaraciones de ISR e IVA, ya que esta persona me dice que no ha emitido recibos de honorarios y tampoco la ingresaron a alguna empresa, por eso mi duda es a cerca de decirle que presente las «declaraciones en ceros» que tamibien le aparece en el buzón tributario en la sección de COMUNICADOS…o sinplemente que no presente las declaraciones pendientes (según los Comunicados) y ella pueda tramitar el aviso de disminución de obligaciones… Ya que como usted bien menciona, solo hasta el momento de que ya se dedique a prestar servicios profesionales ya entonces puede reanudar actividades que dió de baja.
Bueno espero, no haberlo causado molestias.
Saludos