• David Cruz ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 9 meses

    buenas noches contador Pedro, soy persona moral contribuyente obligado a pagar el impuesto sobre erogaciones pero al mismo tiempo tengo contribuyentes que me retienen el mismo impuesto y por lo tanto tengo derecho de acreditarlo o disminuir del impuesto a cargo.

    estuve leyendo en el codigo financiero del estado de mexico en el titulo tercero capitulo primero seccion primera y trato de ubicar el articulo en donde haga mencion que puedo acreditar el impuesto retenido de la persona moral vs el impuesto a cargo.

    esto derivado a que en el llenado del formulario de la declaracion no encuentro la parte donde tenga que disminuir el impuesto a cargo del impuesto retenido para pagar la diferencia, puesto que tengo el derecho

    me puede apoyar con sus comentarios a este aspecto

    quedo atento

    • A falta de norma fiscal expresa se aplicará el derecho federal común, reza el Código Financiero del Estado de México, transcribiendo el texto del Código Fiscal Federal.
      El Código Civil del Estado de México, de los artículos 7.307 al 7.313 transcribe lo que el Código Civil Federal establece para el cumplimiento de las obligaciones mediante el pago, dentro de las modalidades del pago se encuentran: el pago, la dación el pago, el pago de un tercero con o sin conocimiento o consentimiento del deudor.
      Por lo anterior, las retenciones que te hacen de impuestos, es una pago de un tercero de tu adeudo por cuenta tuya, así que lo procedente no es la compensación sino el acreditamiento del pago realizado por el tercero que te hizo la retención.
      Para dar mayor seguridad jurídica de la persona moral, una vez realizado el pago del remanente, te recomendaría que gestiones una confirmación de criterio, citando tanto el Código Financiero como el Civil, en los segmentos comentados.