• PATRICIA GUILLERMINA RODRIGUEZ JASSO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 9 meses

    buenas noches CONTADOR PEDRO, con una consulta persona física se dio de alta inicial al RFC como accionista en el año de 2007 y en 2017 aumento obligaciones como asalariado, y en julio de 2019 aumento de obligaciones en régimen de honorarios.
    la consulta: sus ingreso anual de 2018 solo como asalariado fueron de $ 60.000.00 y en 2019 salarios y honorarios serán de $ 300.000.00, esta obligado:
    1- llevar contabilidad enviando catalogo de cuentas, balanza de comprobación en forma mensual Y PRESENTAR LA DIOT?
    2- o esta obligado a utilizar la herramienta del SAT de » MIS CUENTAS» , sin presentar contabilidad y solo la diot?
    3- si lleva la contabilidad en mis cuentas se debe presentar un caso de aclaración en «MI PORTAL» para tal fin.
    por su ayuda y comentarios gracias.

    • Dado que el contribuyente no rebasa $2,000,000.00 de ingresos, es opcional que utilice «Mis cuentas» en el Portal del SAT. Dado que con esa acción, el contribuyente provee a la autoridad toda la información que requiera respecto de sus operaciones, estados de cuenta bancarios, depósitos, cheques… se encuentra eximido de presentar la DIOT.
      Fundamento: LISR 110 Fracción II
      LISR 112 Fracción III
      Regla 2.8.1.5. y 2.8.1.6.
      Investigación realizada por el C.P. José Francisco Morales Elías, misma que he confirmado.

    • Comentario adicional: Los registros en «Mis Cuentas» serán exclusivamente de los ingresos por honorarios.