• David Cruz ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 11 meses

    buen dia tengo la siguiente duda una persona fisica puede Deducir de manera «mensual» la Deduccion de Inversiones?? o solo se tiene que hacer de forma anual??? ya que es si es en forma anual me va a generar al cierre del Ejercicio Saldo a Favor ya que la deduccion no lo estaria considerando mes con mes

    • Muy interesante y fina tu pregunta. Lo que no mencionas es que la persona física tributa como profesionista o empresario, pero se infiere.
      Cuando la persona física con dicho régimen fiscal de actividad empresarial o profesional, deberá hacer pagos provisionales mensuales, siendo que en el primer mes se aplica una tarifa mensual, en el segundo mes una tarifa bimestral, en el tercer mes, una tarifa trimestral y así sucesivamente.
      El artículo aplicable para calcular los pagos provisionales es el artículo 106, que en su parte medular establece «El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas en esta Sección correspondientes al mismo periodo»
      Por la descripción del procedimiento de cálculo, el legislador pretende grabar con el ISR los pagos provisionales como si fuesen ejercicios segmentados de uno, dos, tres o más meses, por lo cual, al permitirte restar las deducciones autorizadas, si te preguntas si la depreciación fiscal es una deducción autorizada, la respuesta será SI. Entonces, la depreciación fiscal mensual, bimestral, trimestral, etc., será aplicable en cada uno de esos períodos. La dificultad se presentará un poco cuando no tienes aún publicado el INPC del mes de junio del año en curso, por lo cual, los primeros cinco meses se calculará la depreciación actualizada a diciembre del año anterior y a partir de junio y meses siguientes, actualizada a junio del año en curso.

      • Si se me paso comentar que se trata Persona Fisica Actividad Empresarial y de acuerdo lo que comenta que para el pago provisional mensual tengo que realizar la actualización INPC Dic2018 entre INPC mes adquisición para los provisionales de Enero a Mayo 2019 y el INPC Junio 2019 entre INPC mes adquisición para los provisionales de Junio a Diciembre 2019???? En relación al calculo anual seria la misma INPC 2a mitad ejercicio entre INPC mes adquisición?

        • Asi es, en julio 17 ya estara el INPC de junio. Totalm de acuerdo contig

        • B dia en el caso de que la adquisición del Activo se realizo en Feb 2019 como procedo con la actualización, por ejemplo en el pago provisional de marzo 2019 tiene que ser INPC marzo 19 entre INPC feb 19 y en el pago provisional de abril 2019 tiene que ser INPC abril 19 entre INPC feb 19 ???? agradezco de sus comentarios