• LORENA.VB ha actualizado una entrada en el grupo General hace 1 año, 5 meses

    Buenas tardes contador, espero se encuentre muy bien, tengo una consulta, por ejemplo si se liquida una empresa y en un contrato dice que al finalizar el año se le dará un bono de 3 meses de salario y además se le paga su sueldo en este caso se encuentra como asimilados a sueldos y salarios, se le sumará el ingreso del bono y su salario y se determina el ISR a cargo o se realiza el cálculo por separado cada mes de bono y su sueldo todo por separado

    • La disposición aplicable descrita en el artículo 96 establece:
      «Las personas que hagan pagos por los conceptos a que se refiere el artículo 95 de esta Ley, efectuarán la retención aplicando al ingreso total por este concepto, una tasa que se calculará dividiendo el impuesto correspondiente al último sueldo mensual ordinario, entre dicho sueldo; el cociente obtenido se multiplicará por cien y el producto se expresará en por ciento. Cuando los pagos por estos conceptos sean inferiores al último sueldo mensual ordinario, la retención se calculará aplicándoles la tarifa establecida en este artículo.»

      Y en el artículo 95 se define el procedimiento a seguir, siguiendo un procedimiento cercano al que describes como segunda opción.