• Dmaconsulta ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 1 mes

    Contador Pedro Pablo, un gusto de nuevo saludarlo. Un cliente me plantealo siguiente: contexto: Es socio de una sociedad civid. Pregunta ¿Puedo deducir a través de la sociedad civil un Seguro de Gastos Médico Mayores de mi familia?. Mi respuesta es sí debido a que su objeto social se lo permite.

    • El artículo 27 de la Ley del ISR señala los requisitos de las deducciones autorizadas y en su fracción I establece «que sean estrictamente para los fines de la actividad del contribuyente. La actividad del contribuyente, en el caso de personas morales se establece por escrito en el estatuto social y es descrito como objeto social. Así que lo que contestas a tu cliente es válido.
      No obstante lo anterior, la autoridad pudiera estar en desacuerdo con el criterio propuesto.