• CESAR ANTONIO DIAZ SANCHEZ ha actualizado una entrada en el grupo General hace 6 meses, 4 semanas

    Contador
    Buenas tardes, una consulta por favor:

    Una empresa transportista está analizando si se apega al acuerdo IMSS-CANACAR para el tema de cotización de sus trabajadores en IMSS/INFONAVIT. En la información proporcionada por CANACAR sobre el acuerdo hace mención de los dos tipos de cotización (FIJA – VARIABLE). Menciona que la cotización fija es aplicable para empresas cuyo salario nomina sea igual o menor a la base de cotización promedio mensual de acuerdo a la tabla de factores del acuerdo, la cotización variable para empresas cuyo salario nomina sea superior a la base de cotización promedio mensual de acuerdo a la tabla de factores del acuerdo.
    1.- ¿Realmente hay un beneficio o diferencia respecto al monto de las cuotas de seguridad social tomando en cuenta solo el salario de un operador? o ¿el beneficio está en que por medio del acuerdo, el IMSS no te integre al salario ciertos conceptos que se le entregan a los operadores para viaje?
    2.- ¿El beneficio solo se encuentra en el porcentaje de retención de ISR a los operadores?

    Saludos, gracias por su atención.

    • El acuerdo IMSS CANACAR menciona ciertos beneficios al ser aceptado por las empresas transportistas. Una que tú mencionas es que dejan de tomarse como parte del sueldo los viáticos y gastos sin comprobar entregados al operador. Otro beneficio que menciona el decreto es que se simplifica el cálculo al dejar de estar presentando avisos de cambio de sueldo bimestrales por la parte variable de las percepciones. Un beneficio que no señala el acuerdo es que en caso de accidentes no se cambiará el seguro de riesgos de trabajo, ya que lo que menciona es que el incremento para el siguiente año se someterá al incremento del valor de la UMA.
      En cuanto a la retención del ISR, te invitaría a que hagas un ejercicio manual para cotejar el ISR a retener que se causaría en cada caso y en promedio y el resultado de multiplicar por el porcentaje fijo de retención señalado en la regla del Decreto que otorga facilidades. Esto es posible hacerlo, ya que no forma parte del acuerdo IMSS CANACAR sino del decreto que otorga facilidades y es totalmente opcional. Una vez que se ejerza la opción, deberá aplicarse todo el ejercicio.

    • Contador, gracias por la información. Por último si el salario de los operadores es fijo, pero se encuentra por encima de los factores del acuerdo, si me apago al acuerdo IMSS CANACAR tendría que usar la modalidad de cotización fija?

      Saludos