• ing.alejandro.fg ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años

    MUY BUEN DIA CONTADOR, APRECIARÍA SU AYUDA CON ESTA PREGUNTA, SI SOY UNA PERSONA ASALARIADA Y COMPRO UN VEHICULO EN AGENCIA A CREDITO, LOS INTERESES SON DEDUCIBLES EN SU TOTALIDAD O SOLO EL 16 % DEL TOTAL DE LOS INTERESES?

    • En el régimen de asalariados, el artículo 96 de la LISR ordena al patrón retener el ISR sobre la totalidad de los ingresos, sin deducción alguna. Si hemos de disminuir algo de los ingresos por asalariados serán los ingresos exentos y las deducciones personales que establece el artículo 151 del mismo ordenamiento, por educación, lo que señala el decreto respectivo y estratégico, la deducción que autoriza el artículo 185 de la misma ley.

      Por lo anterior, no son deducibles los intereses pagados por la compra de un vehículo.