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Buen día, En 2019 ¿Aun hay personas físicas no obligadas a activar su buzón tributario? una que tribute en salarios y arrendamiento debe activarlo? será suficiente la contraseña para tributar en esos capítulos? mas allá que el SAT condiciona casi todos los trámites a su activación

Al buzón tributario se accede con contraseña y en algunas veces se requiere el uso de la FIRMA ELECTRÓNICA todo contribuyente obligado a presentar declaraciones periódicas debe activar su buzón tributario tanto para hacer gestiones con contraseña o FIEL como para recibir notificaciones del SAT. En la siguiente liga se encuentra abundantemente aclarada tu consulta. http://omawww.sat.gob.mx/fichas_tematicas/buzon_tributario/Paginas/default.aspx