• JAIME QUINTANA PACHECO ha actualizado una entrada en el grupo General hace 1 año, 12 meses

    Saludos Contador, es el caso de una persona moral, esta en tramites de adquirir un inmueble, es decir una oficina, de acuerdo a la ley ademas del ISAI, tiene el pago de iva sobre el valor de construcciones y en este caso el ISR por la utilidad resultante entre el valor de avaluó y de operación es decir de compra
    la persona moral tiene saldos a favor tanto de IVA como de ISR, además de pérdidas fiscales de años anteriores, puede optar por la compensación en lugar de pagar al notario dichos impuestos por esa operación? bajo protesta de decir la verdad que va a declarar la operación en su declaración próxima? como siempre Contador de antemano mi agradecimiento a sus comentarios.

    • JAIME:
      Recuerda que la responsabilidad del notario es aplicable cuando el vendedor es persona física. Los impuestos que señalan deberán ser cubiertos para deducir el ISAI, acreditar el IVA y si existe diferencia entre el valor de avalúo y el precio de compra, dicho importe se considerará como ingreso acumulable y tendrá sus efectos en los pagos provisionales y en la declaración anual del ISR. En el segundo párrafo posterior a la fracción III, sólo permite disminuir el ajuste anual por inflación de los ingresos acumulables.