• Alegarza ha actualizado una entrada en el grupo General hace 8 años, 9 meses

    Respecto a la Ley Anti Lavado de Dinero, una entidad financiera que presta dinero, ¿como deberá presentar los avisos ante el SAT? ¿Deberá informar en el mes que realice el préstamo o cuando el cliente liquide?

    • Ale:
      Perdón por la demora.
      El Reglamento de la Ley de la materia en su artículo 11 especifica que las entidades financieras deberán regirse, para el cumplimiento de las obligaciones de la Ley FPIORPI, por las leyes que especialmente las regulan.

      Dado que las empresas del sistema financiero son concesionarios, están reguladas por las diversas instancias de la SHCP.

      El texto de dicho artículo es el siguiente:
      «DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
      Artículo 11.- Para el cumplimiento del objeto de este Reglamento, las Entidades Financieras, en términos de lo establecido en la Sección Primera del Capítulo III de la Ley, se regirán por las leyes que especialmente las regulan.»

      Si me precisas a que entidad financiera te refieres, podría ser más específico en la respuesta.

      ¡Saludos!

    • La respuesta genérica a tu pregunta la contesta el artículo 23 de la propia Ley y obliga a los contribuyentes en general que realicen actividades vulnerables, a más tardar el día 17 del mes siguiente, en los siguientes términos:
      «Plazos y formas para la presentación de Avisos
      Artículo 23. Quienes realicen Actividades Vulnerables de las previstas en esta Sección presentarán ante la Secretaría los Avisos correspondientes, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, según corresponda a aquel en que se hubiera llevado a cabo la operación que le diera origen y que sea objeto de Aviso.»

      • Es una entidad que presta dinero, por lo que deberá presentar aviso cada mes.
        Sin embargo, mi duda es que si por el momento solo ha otorgado préstamos y aún no le han liquidado ¿Los avisos enviados serán en ceros?
        De tal manera que se tendrá que informar, en el mes correspondiente, por la operación realizada hasta que les hayan liquidado?

        • Ale:
          La actividad vulnerable la realiza el cliente y esta se realiza cuando el mismo recibe dinero. La entidad financiera es un medio para hacerle llegar el recurso y, cuando lo hace, en ese momento nace la obligación de presentar el aviso.

          p.p.m.