• cruz777 ha actualizado una entrada en el grupo General hace 4 años, 7 meses

    buenas tardes contador las notas de credito que le hacen a una PM O PF (con flujo de efectivo) por concepto de DEVOLUCIONES, DESCUENTOS O BONIFICACIONES, cuando se deben de aplicar para los pagos provisionales, por ejemplo:
    1) se compra mercancias por $ 10,000.00 mas iva 1,600.00 pago con transferencia $ 11,600.00
    2) a los 8 dias despues de la compra el proveedor hace un descuento de $ 1,000.00 mas iva $ 160.00
    3) el proveedor envia una transferencia al cliente por $ 1,160.00
    al hacer el pago provisional se deberan de restar de los gastos(compras) los $ 1000.00 y del iva acreditable los $ 100.00?
    por su ayuda a esta duda le agradesco su atencion.

    • El artículo 101 Fracción X de la Ley del ISR señala que se consideran ingresos acumulables las devoluciones, descuentos o bonificaciones que se reciban de sus proveedores y, dado que el régimen tributa en el régimen de flujo de efectivo, el efecto será en el mes en que se presente, así que al determinar el pago provisional que obliga el artículo 106, deberás considerar tanto los ingresos como las deducciones acumuladas en el año hasta el mes que corresponda, conforme al flujo de efectivo.