• Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 8 meses

    kathi_villa1 ha publicado una actualización hace 2 horas

    @comunicacion buena tarde es la primera vez que interactivo en este sitio. Podrían asesorarme, como debo arreglar mi situación fiscal si estoy trabajando para una plataforma digital que acaba de incursionar en México en el año 2019, yo llego 2 meses ahí. Nuestro trabajo es suscribirnos en canales de video y darle Me gusta y ganamos comisiones por tareas. Todo se maneja por transferencias bancarias… Gcs

    • El caso qe describes está regulado en la Ley del Impuesto sobre la Renta en el artículo 113-A.

      Considera tu servicio como actividad empresarial, por lo cual deberás inscribirte en el SAT en dicho capítulo.

      En el artículo 118-J de la Ley del IVA describe cómo en cirtas circunstancias, quien te realiza el pago te retendrá el 100% del IVA que le debes trasladar en tus facturas.

      Sería deseable preguntar a tu contacto en la empresa cuál es el régimen fiscal que les tienen asignado y por el cual están tributando. De asignarte a tí la responsabilidad, lo anterior es aplicable.

      El tratamiento de tus ingresos debe estar sujeto a la retención del 1% Esta retención se considerará pago definitivo si tus ingresos no son superiores a $300,000 anuales

    • Gcs Licenciado, me es de mucha ayuda su apoyo, disculpe el articulo 118-J de la ley del Iva es correcto??