• Lalogr ha actualizado una entrada en el grupo General hace 7 años, 7 meses

    QUE IMPLICACIONES FISCALES EN IMPTOS POR PAGAR
    EN EL MI PAGO PROVISIONAL Y ANUAL PERSONA MORAL
    TIENE LA VENTA DE UNA PARTE DE MI OFICINA (TERRENO Y CONTRUCCION)

    • Hola: Como recordarás, el artículo 14 de la LISR es la que reglamenta tu situación plantada. El único ingreso que no forma parte de los ingresos nominales, que sirven de base para su cálculo, es el ajuste anual por inflación, por la cual, la Utilidad fiscal por la venta de inmueble deberá ser calculada e incorporada a los ingresos acumulables del mes en que la operación se realice y calcular el pago provisional correspondiente.
      Reproduzco el texto de definición de ingresos nominales «Los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable. Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales para los efectos de este artículo, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades.»