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Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 8 años, 10 meses
INTERCAMBIO DE IDEAS
Una sociedad mercantil adquirió un automóvil en $500,000.00 en diciembre 31 de 2016 y pregunta cuál será la depreciación fiscal en 2017.$125,000.00 o $43,750.00.
La respuesta correcta es la primera. Si te interesa debatir el fundamento, con gusto házmelo saber y lo comentamos.

la respuesta $43,750.00 ya que se tomará como mes completo el siguiente mes, el cual ya entro en vigor la ley del 2017.
Artículo 36. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes.
II. Las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00
pero esta articulo no aplica para contribuyentes que su actividad sea el otorgamiento de uso o goce de automóviles. ahi seria deducible al 100%
Muy bueno tu razonamiento Marco, particularmente tu metodología de asentar tu fundamento.
Te pregunto sobre el contenido del artículo 31 de la LISR en su primer párrafo:
Artículo 31. Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión, Realzo POR CIENTOS MÁXIMOS SOBRE EL MONTO ORIGINAL DE LA INVERSIÓN.
Te pregunto ahora sobre el porcentaje máximo autorizado para la deducción de automóviles y sin duda me contestarás que es 25%, lo cual es correcto..
La siguiente pregunta es dónde se encuentra definido el concepto «monto original de la inversión», al cual se aplicará la tasa del 25%.
La respuesta esperada es: en el artículo 31 segundo párrafo de la LISR:
El monto original de la inversión comprende, además del precio del bien, … Realzo EL PRECIO DEL BIEN
La siguiente pregunta es el automóvil te costó $500,000 o $175,000 y LA FACTURA señala $500,000.00. Lo anterior significa que el precio del bien fue $500,000 y no $175,000.
Lo que sigue ahora es multiplicar el precio del bien $500,000 (en su modalidad de MONTO ORIGINAL DE LA INVERSIÓN) por el porcentaje máximo del 25%, con lo cual llegamos al resultado de depreciar durante 2017 $125,000.00.
Por otro lado, lo que tu señalas del artículo 36, es que LA DEDUCCIÓN máxima autorizada será de $175,000, lo cual significa que durante 2018, haremos el cálculo del segundo año de depreciación, multiplicaremos $500,000 por 25%, el resultado será nuevamente $150,000, pero resulta, que de los $175,000 que nos permiten DEPRECIAR (o deducir la inversión) fiscalmente, sólo nos restan $25,000 y este será el monto de la depreciación fiscal del segundo año, con su respectivo cálculo de actualización.
Es decir, tu afirmas y es correcto, que la deducción (DEPRECIACIÓN) fiscal de automóviles máxima para un es de $175,000 durante la vida del bien, pero el procedimiento de cálculo de la depreciación de cada año no lo define el artículo 36 sino el artículo 31, por lo cual, en el caso descrito, tendremos $150,000 de depreciación fiscal en 2016 y $25,000 de depreciación fiscal para totalizar $175,000. En los años subsecuentes no habrá depreciación fiscal de dicho automóvil.
Hay una página cursosfiscales.mx/courses en donde amplío el comentario sobre el dominio de la materia, así como la metodología del aprendizaje de la materia fiscal. Si vas a inicio de LEFISCO, encontrarás una liga que te llevará al segundo curso.
Si continúa la duda, continuará el debate. Gracias