• pagostecnocorte ha actualizado una entrada en el grupo General hace 3 años, 5 meses

    hola Pedro me pase por 11000 pesos de los 3500000.00 esto fue el último día de este año bueno el 29 de Diciembre. puedo seguir tributando en Resico?

    • El artículo 5 del Código Fiscal Federal establece el criterio a seguir en estos casos.
      «Artículo 5o.- Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, SON DE APLICACIÓN ESTRICTA. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, BASE, tasa o tarifa.»
      Por lo anterior, NO PUEDES CONTINUAR EN RESICO.

      • Habrá que recordar que si en 2023 no excede de $3,500,000, podrá regresar al régimen en 2’024. Ver texto en LISR 113-E 7mo. párrafo.

        «Cuando los contribuyentes dejen de tributar conforme a esta Sección, por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, en ningún caso podrán volver a tributar en los términos de la misma. Tratándose de aquellos contribuyentes que hayan excedido el monto de tres millones quinientos mil pesos a que se refiere el primer párrafo de este artículo, podrán volver a tributar conforme a esta Sección, siempre que los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior a aquél de que se trate, no excedan de tres millones quinientos mil pesos y hayan estado al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.»